El Contencioso tumba dos apartados al considerar que vulneran los derechos constitucionales de libertad religiosa y de expresión
VALLADOLID, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Valladolid ha estimado parcialmente el recurso que la Asociación Española de Abogados Cristianos interpuso contra la moción que el Ayuntamiento aprobó en septiembre de 2018 sobre la libertad de conciencia y el carácter laico de la institución local, al anular los apartados relativos a la retirada de símbolos católicos y la prohibición de promover ritos y celebraciones de índole religiosa.
El fallo judicial, de fecha 3 de abril, se fundamenta en que en ambas cuestiones, acordadas por el Pleno del Consistorio el 10 de septiembre del pasado año a propuesta de Sí Se Puede Valladolid (SIVA), se vulneran los artículos 16 y 20 de la Constitución española relativos a la libertad religiosa y libertad de expresión, respectivamente.
La presidenta del colectivo recurrente, Polonia Castellanos, en declaraciones recogidas por Europa Press, reconoce que el recurso iba todavía más allá si bien se felicita de que el tribunal, a pocos días de iniciarse la Semana Santa, ha estimado los puntos "más importantes" para su asociación y exige responsabilidades de carácter político tanto al alcalde socialista, Óscar Puente, como a los "grupos radicales" que apoyaron la moción.
Y es que, como así ha advertido la letrada, "lo ocurrido es gravísimo porque supone la vulneración de derechos fundamentales, que es igual o incluso más grave que un caso de corrupción. Está muy bien ser ambicioso, pero lo que más preocupa es que se pueda pactar con los más radicales con el único objetivo de conservar el poder. La política debería ser servicio y no la consecución del poder, incluso vulnerando derechos fundamentales".
VE "ABSURDO" UN RECURSO DEL AYUNTAMIENTO
Aunque el fallo es recurrible, Polonia Castellanos considera "absurdo" que el Ayuntamiento emprenda esta vía tras recordar la numerosa y reciente jurisprudencia tanto del Tribunal Supremo como del Constitucional e incluso del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, "jurisprudencia que el Consistorio conocía, lo que supone dictar una moción a sabiendas de su ilegalidad".
Pero además, la presidenta de Abogados Cristianos ha aprovechado para lanzar una advertencia a todos aquellos ayuntamientos que están promoviendo mociones similares, entre los que ha citado los de Gijón, Oviedo, Chiclana, Castrillón, Padrón, Ponferrada, Sagunto, Santiago de Compostela, Valencia, San Feliú de Llobregat, Avilés, Mieres, Noreña o Palomares del Río, a cuyos alcaldes y grupos políticos amenaza con no sólo acudir a la vía de lo contencioso-administrativo sino también con la vía penal para "pedir su inhabilitación".