VALLADOLID, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratifica la condena global de 37 años de prisión al monitor que fue juzgado por abusar de nueve menores, de entre 8 y 12 años, que tenía a su cargo durante un campamento celebrado en el verano de 2018 en la localidad vallisoletana de Hornillos de Eresma.
En su fallo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, da por buenas las declaraciones de las víctimas y desestima el recurso de la defensa y ratifica la sentencia de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial, de octubre de 2021, que condenó al recurrente por nueve delitos de abuso sexual--uno de ellos continuado--y le absolvió de otros cuatro.
En aquella sentencia, ahora confirmado, se le impusieron al monitor penas que globalmente se elevan a 37 años de privación de libertad, a razón de cuatro años por cada uno de los ocho delitos y cinco más por el continuado, frente a los 67 en total que había pedido el Ministerio Fiscal--había también personadas tres acusaciones particulares--y la absolución que había interesado su abogado defensor, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Además de la citada pena privativa de libertad, el condenado deberá abonar indemnizaciones por importe total 6.000 euros--1.000 euros a seis niños, ya que el resto renunció a indemnizaciones-- al tiempo que ha quedado inhabilitado por espacio de 17 años para actividades relacionadas con menores y quedará sometido a libertad vigilada durante siete años una vez cumpla la condena.
La vista se inició el pasado día 27 de septiembre del pasado año y se celebró durante casi una semana a puerta cerrada en la Audiencia Provincial, en la que el condenado negó los hechos pero los menores ratificaron que el monitor les realizó tocamientos por encima de la ropa.
NUEVE MESES EN PRISIÓN PROVISIONAL
El monitor, vecino de Medina del Campo, permaneció por espacio de nueve meses en prisión hasta que la Audiencia de Valladolid acordó su puesta en libertad al prosperar el recurso de apelación interpuesto por su abogado defensor.
Aunque el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Medina del Campo, encargado de la investigación de los hechos, había rechazado el recurso de reforma contra el auto de prisión, el posterior de apelación ante la Sección Cuarta de lo Penal fue finalmente estimado, con lo que el investigado quedó el 20 de marzo de 2019 en libertad provisional con cargos.
En principio se llegó a barajar la veintena de afectados, si bien el número final quedó reducido a la mitad consistentes en tocamientos por encima del saco de dormir durante el campamento 'El Trasto', de la empresa Campa y Ocio y Tiempo Libre, celebrado en el verano de 2018 en Hornillos de Eresma.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Medina del Campo (Valladolid) decretó el 28 de junio de ese año el ingreso en prisión comunicada y sin fianza del acusado.
Tras su comparecencia en sede judicial, donde se acogió a su derecho de no declarar, la juez fundamentó entonces su encarcelamiento en la gravedad de los hechos que se le imputan y en el riesgo de fuga, y ello a pesar de que su letrado solicitara, sin éxito, su libertad provisional aludiendo al arraigo social del defendido.
También había propuesto la defensa la aplicación de medidas cautelares, como la prohibición de aproximarse a las supuestas víctimas y de comunicarse con ellas por cualquier medio, cosa que luego estableció la Audiencia Provincial como requisito para mantenerle en libertad provisional.
La noticia provocó una honda consternación en esta pequeña localidad de no más de 200 habitantes y situada a 45 kilómetros de la capital.