VALLADOLID, 21 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Valladolid ha autorizado al Iñaki Urdangarín, preso desde el 18 de junio en el penal de Brieva (Ávila) para cumplir su condena de 5 años y 10 meses de prisión por el caso Nóos, la autorización para el uso de una bicicleta estática de su propiedad con fines terapéuticos, según informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
El juez estima así el recurso de queja presentado por el interno ante la denegación de dicho uso por parte de la Dirección del Centro Penitenciario, al entender que la bici solicitada "puede ser en este caso útil como instrumento para ocupar las largas horas de soledad y ayudar con ello al mantenimiento de la salud mental del penado", a lo que añade que "una forma de logro del equilibrio personal no lo es sino con la realización del deporte, especialmente en una situación de larga duración de absoluto aislamiento".
El citado módulo, según se hacía constar en la queja presentada por el yerno del Rey Juan Carlos I, carece de gimnasio o instalación deportiva propia, por lo que el interno disfruta de las instalaciones comunes del polideportivo cuando el resto de internas no hacen uso de las mismas, a lo que se añade el hecho de que Urdangarín, por su constitución física, tiene dificultades a la hora de utilizar las bicicletas que hay en la instalación deportiva común y que le resultan "pequeñas".
Teniendo en cuenta lo anterior, y a la vista de las limitaciones físicas que por causa de lesión u operación padece el interno, el uso de otros aparatos no indicados médicamente para la práctica de ejercicio físico le podría resultar perjudicial, no así la bicicleta, por lo que no contando que se trate de un objeto prohibido en el centro, solicitaba Urdangarín que se estimase la queja planteada y se le autorizara el uso de la bici estática, en este caso de su propiedad y, por tanto, adecuada a su constitución.
EL AISLAMIENTO NO ES UN PRIVILEGIO
En su auto estimatorio de tal petición, el juez de Vigilancia Penitenciaria apunta que "frente a la creencia popular en cuanto a que el aislamiento como forma de cumplimiento es un privilegio", recuerda que se trata de algo "excepcional, dado el efecto desestructurador que produce la soledad sobre la persona", de ahí, añade, que la evolución de los sistemas penitenciarios hayan conducido hoy a modelos "claramente sociales que implican, primeramente, una vida comunitaria en un establecimiento penitenciario, para pasar, ulteriormente, a regímenes de semilibertad o libertad condicional".
En este sentido, el juez estima que el módulo en el que se encuentra Urdangarín cuenta con un patio de dimensiones próximas a los 2x7 metros y, a diferencia de un módulo al uso de cualquier prisión española, carece de gimnasio, pues aunque existe la dependencia, sumamente reducida, adolece de dotación (cuenta con una espaldera en mal estado). El resto de las estancias del módulo están inutilizadas.
En este contexto, por las características físicas del interno, prácticamente dos metros de altura, reconoce que no existe en el centro maquinaria deportiva adecuada para la realización de ejercicios aeróbicos y, en consecuencia, le concede la bici estática pedida en aras a garantizar la "búsqueda del autocontrol y el equilibrio personal" a través de la actividad física y el deporte.