La jueza descarta que usara una empresa simulada para evitar tributos
BARCELONA, 22 (EUROPA PRESS)
El Juzgado Penal 3 de Barcelona ha absuelto al expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell tras su juicio por presunto fraude de 230.296 euros a Hacienda en su declaración de 2012.
La sentencia de este jueves, a la que ha tenido acceso Europa Press, le absuelve de este delito por el que la Fiscalía pedía condenarlo a dos años y nueve meses de prisión.
La Fiscalía acusaba a Rosell de usar una empresa unipersonal, TOC, para facturar actividades personales, supuestamente simulando trabajar a través de una sociedad y no a título personal para conseguir una tributación más favorable.
En la sentencia la jueza constata la "incertidumbre" en torno a las limitaciones para usar esta figura dados los constantes cambios en la regulación de los tributos, y además constata que TOC sí tuvo una intervención real en la actividad profesional que Rosell facturó, que era principalmente de consultoría y asesoría.
La jueza advierte de que "no puede considerarse como supuestos de simulación la interposición de sociedades en todo caso" y constata que TOC prestó unos servicios reales, los facturó, los cobró y los incluyó en la declaración del Impuesto de Sociedades.
"NULA RELEVANCIA PENAL"
Además, la sentencia reprocha que "esta desconfianza en el uso de sociedades para la consecución de una actividad profesional, la ostenta la administración tributaria de manera dispar", y en este sentido recuerda que otra persona, testigo en la causa, usaba un sistema de facturación similar y sin embargo Hacienda no lo consideró una simulación.
De esta manera, la jueza descarta que Rosell usara la empresa para evitar tributar y ve "nula relevancia penal" en el resto de acciones que le atribuía la Fiscalía porque responden a cantidades inferiores a 120.000 euros, el umbral del delito fiscal.
En este sentido, considera "una mera discrepancia con la administración sobre la forma de tributación, sin trascendencia penal" que Rosell declarara ciertas actividades a través del IRPF y no del Impuesto de Sociedades, y al revés.
"PERSECUCIÓN"
En el juicio por este caso, el lunes 12 de septiembre, el abogado de Rosell, Pau Molins, achacó la causa judicial a la "persecución" a raíz de la 'Operación Catalunya' y la causa por la que finalmente fue absuelto en la Audiencia Nacional.
En la sentencia, la jueza menciona "las lamentables consecuencias negativas que aquel procedimiento provocó en la persona de Rosell, que son evidentes, no solo por la situación personal de privación de libertad que padeció, resultando finalmente absuelto" tras 21 meses en prisión provisional.
Sin embargo, la jueza advierte de que "ello ni le confiere un halo de impunidad en relación a otros hechos diferentes, ni le exime de quedar sometido a otros procedimientos, sin que de ello pueda deducirse una actuación irregular por parte de la Agencia Tributaria", tras constatar que al parecer de la defensa las inspecciones que iniciaron la causa se abrieron para evitar que prescribieran otras más antiguas.