BARCELONA, 28 Jun. (EUROPA PRESS) - El magistrado que investiga la causa del 9N ha finalizado la investigación del caso y ha concluido que debe seguirse la acusación contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas, la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega y la exconsellera de Enseñanza Irene Rigau por presunta desobediencia y prevaricación administrativa. El juez de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha acordado trasladar la causa a las partes para que, en diez días, soliciten la apertura del juicio y presenten los escritos de calificación o pidan el sobreseimiento de la causa, ha informado este martes en TSJC en un comunicado. Así, el cierre de la investigación deja a los tres investigados más cerca de sentarse en el banquillo, a falta de que las acusaciones se pronuncien; si hay acusación, como se prevé, el juez dictará un nuevo auto en el que mandará el caso a juicio. El juez concluye que Mas conocía desde el mismo 4 noviembre la providencia del TC que ordenaba la suspensión de la convocatoria porque se le comunicó personalmente y, pese a ello, se negó "abiertamente" a dar cumplimiento a este mandato. Ortega se coordinó con Mas en la preparación de la consulta y, entre otras gestiones, fue la encargada de ofrecer los resultados de las votaciones en el centro de prensa, recuerda el tribunal. El papel de Rigau, según relata el TSJC, consistió en procurar que los directores de los institutos cedieran los centros para acoger las votaciones y posibilitó que se instalaran los ordenadores, el software y el material para la jornada. El magistrado ha desestimado la petición de sobreseimiento que habían solicitado las defensas de los investigados por la organización de la consulta sobre la independencia del 9 de noviembre de 2014. El juez rechaza en su resolución la justificación que dieron los investigados de que todo el proceso quedó en manos del voluntariado de la consulta tras el 4 de noviembre --cuando el Tribunal Constitucional (TC) suspendió el proceso--, sin intervenir la Generalitat. El juez concluye que también fue relevante el servicio de contratistas privados pagados por la Generalitat y con conocimiento de los tres investigados, "con plena conciencia de la desobediencia" a la suspensión judicial del proceso de la consulta, como constatan correos electrónicos entre la Generalitat y los contratistas en que se pedía literalmente confidencialidad y tacto. Además, los voluntarios tenían funciones como recibir y custodiar el material del proceso, pero no de recogerlo, trasladarlo, instalarlo, desmontarlo ni devolverlo, entre otras funciones; la web oficial del 9N --encargada por la Generalitat-- siguió abierta tras el 4 de noviembre; el CTTI de la Generalitat encargó los programas informáticos para el proceso de datos de las votaciones, y pidió a la empresa contratada que reforzara los equipos de guardia el fin de semana del 9N. También consta que la Conselleria de Enseñanza adquirió 7.000 ordenadores portátiles en octubre de 2014 para las votaciones; que Gobernación encargó al Centre d'Iniciatives a la Reinserció (Cire) hacer urnas, sobres, papeletas y otros materiales, y que la empresa contratada para recogerlo y distribuirlo lo hizo tras el 4 de noviembre; y Presidencia contrató el acondicionamiento de un pabellón para el Centro de Prensa Internacional, donde la vicepresidenta difundió datos el día de la votación. Alega además que los voluntarios tenían un seguro de accidente contratado por Gobernación; que hubo una campaña institucional para la participación en la consulta; que centros educativos de la Generalitat acogieron urnas; que Enseñanza hizo reuniones sin levantar acta aunque evitó impartir instrucciones escritas a directores de institutos que iban a acoger urnas, si bien hubo "instrucciones verbales" según las testificales. El juez también destaca que uno de los contratistas, T-Systems, preguntó a la Generalitat si debía cumplir su encargo tras la providencia del TC del 4 de noviembre, y el conseller de Presidencia, Francesc Homs, le respondió que sí debía cumplir y que ponía a su disposición los servicios jurídicos de la Generalitat. La causa también afecta precisamente a Homs como participante activo en el proceso, aunque no la tramita el TSJC sino el Tribunal Supremo (TS) al ser aforado por este tribunal, como diputado del Congreso desde las elecciones generales de diciembre de 2015.