BARCELONA, 3 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Govern prevé 5,8 millones para el referéndum
El Consell de Garanties Estatutàries ha emitido este viernes un dictamen por unanimidad que considera inconstitucional la disposición adicional del proyecto de Presupuestos de la Generalitat 2017 que afirma que el Govern debe destinar recursos este año a un referéndum de independencia.
Esta petición de dictamen del órgano consultivo de la Generalitat fue impulsada por Cs, PSC y PP y, si el Govern quiere cumplirla, deberá presentar enmiendas a las cuentas a través de su grupo de referencia en la Cámara, JxSí.
El dictamen del Consell de Garanties sí ve legales los 5,8 millones de euros que la Generalitat prevé en las cuentas para 'procesos electorales' este año.
El órgano manifiesta que estos 5,8 millones no pueden declararse inconstitucionales porque no se "concreta" a qué se destinarán, por lo que su legalidad no puede determinarse hasta que se precise.
El referéndum puede presupuestarse según tres puntos de las cuentas: la disposición adicional 31; los 5,8 millones de proceso electorales, y los 330 millones del fondo de contigencia que el Govern contempla cada año para imprevistos.
Con el dictamen de este viernes, el órgano consultivo falla contra la primera vía por aludir explícitamente la palabra referéndum, pero salva la otras dos porque no concreta la finalidad del dinero.
Los dictámenes del Consell no son vinculantes para el Govern, como falló el Tribunal Constitucional en su sentencia de 2010 sobre el Estatut, pero el Gobierno catalán tiene por costumbre cumplirlos aunque solo sean consultivos.
ARGUMENTACIÓN
La disposición adicional que el Consell ha tumbado establece que la Generalitat debe tener disposición presupuestaria para hacer "un proceso refrendario sobre el futuro político de Catalunya en el marco de la legislación vigente en el momento que se convoque".
El Consell declara inconstitucional esta disposición del referéndum porque la ve contraria al artículo 149.1.32 de la Constitución, que afirma que este tipo de votaciones son competencia "exclusiva" del Gobierno central.
"La jurisprudencia constitucional no reconoce a la Generalitat la potestad de regular ni de convocar una consulta refrendaria sobre el futuro político de Catalunya", según el dictamen.
Sin embargo, el Consell hace constar que no coincide en "aspectos sustanciales" de la doctrina del TC en materia de referéndums, como, por ejemplo, que niegue a la Generalitat la posibilidad de convocar consulta no refrendarias.
SIN "CONJETURAS"
En relación a los 5,8 millones para 'procesos electorales', el Consell afirma --también por unanimidad-- que la doctrina constitucional dictamina que "no es objeto de su control" pronunciarse sobre una determinada cuantía económica.
Además, recuerda que la Generalitat tiene competencias en "régimen electoral y participación ciudadana", por lo que ve legítimo que incluya un epígrafe en las cuentas para 'proceso electorales'.
En cuanto al fondo de contingencia de 330 millones, el Consell precisa que la Generalitat tiene derecho a contemplar en sus cuentas este instrumento para afrontar "obligaciones económicas urgentes e imprevisibles (no discrecionales)".
El órgano consultivo avala que las cuentas cumplen los objetivos estatales y europeos de estabilidad presupuestaria y que no es trabajo del Consell hacer "conjeturas" sobre para qué utilizará el Govern el fondo de contingencia.