El Consorci del Museu de Lleida recurrirá al TS la sentencia sobre las obras de la Franja

Archivo - Exterior del Museu de Lleida este lunes.
Archivo - Exterior del Museu de Lleida este lunes. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: miércoles, 9 abril 2025 17:54

Reivindica su unidad y que "forman parte del patrimonio cultural catalán"

LLEIDA, 9 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Consorci del Museu de Lleida ha decidido por unanimidad interponer un recurso de casación al Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia de Huesca, que rechazó el recurso presentado sobre la propiedad de las 111 obras de arte de parroquias de la Franja.

El consorcio, formado por la Generalitat, el Ayuntamiento de Lleida, la Diputació de Lleida y el Consell Comarcal del Segrià, ha asegurado que es firme en la defensa de la colección del museo, ha reivindicado su unidad y ha asegurado que las 111 obras "forman parte del patrimonio cultural catalán", ha informado este miércoles en un comunicado.

La sentencia de la Audiencia de Huesca desestimaba el recurso presentado y confirmaba la dictada por el Juzgado de Primera Instancia 1 de Barbastro, que declara que las propietarias de las 111 obras son las parroquias que ahora pertenecen a la Diócesis de Barbastro-Monzón y niega la petición de reconocimiento de propiedad a favor del Obispado de Lleida hecha por el propio obispado y el consorcio.

El consorcio discrepa de la resolución al entender que "no está adecuadamente fundamentada", ha defendido que la Diócesis de Lleida adquirió la propiedad mediante compraventas, permutas y donaciones, y en su defecto por usucapión, y ha señalado que ha aportado para cada una de las obras documentación histórica e informes periciales.

Ha afirmado que los tribunales civiles han negado valor a estas pruebas y se han mostrado "muy estrictos" con los argumentos del consorcio, mientras que el Obispado de Barbastro-Monzón, según el consorcio, no ha alegado en virtud de qué título legal estas parroquias son propietarias de estas obras y no ha aportado ninguna prueba de la adquisición de las mismas.

El consorcio ha sostenido que la aplicación de las normas que regulan los procedimientos civiles obligaría a desestimar la demanda del Obispado de Barbastro-Monzón, pero no obstante ha señalado que el tribunal ha obviado este defecto en los planteamientos de la diócesis aragonesa y ha dado por hecho, "sin fundamento", que las parroquias de la Franja son las propietarias de los bienes.

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