MADRID 21 May. (EUROPA PRESS) -
El Estado subvencionará con 276,86 euros cada acta de concejal que logren los partidos, coaliciones y agrupaciones electorales en los comicios municipales de este domingo y pagará también 55 céntimos por cada voto recibido, siempre que se traduzcan en concejales.
El Ministerio de Economía y Hacienda dictó una orden ministerial que pone cifras a los techos de gasto y las subvenciones que deberán tener en cuenta las formaciones políticas con vistas a las elecciones locales, que son las que convoca el Gobierno central.
Teniendo en cuenta las tasas de deflación derivadas del aumento de los precios desde 2007, así como la reciente reforma electoral, el Gobierno ha determinado que la subvención por cada concejal electo se fije en 276,86 euros y que por cada voto recibido por una candidatura, siempre que haya logrado representación, se abonarán 55 céntimos.
De igual modo, se ha fijado el techo de gasto que deberán tener en cuenta los partidos para estas elecciones, que siempre van determinados por la población.
UN MÁXIMO DE 10 CÉNTIMOS POR HABITANTE
Así, se ha decidido que para estas municipales el límite de gastos electorales será el que resulte de multiplicar por 0,10 euros el número de habitantes correspondiente a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde presente sus candidaturas cada partido, federación, coalición o agrupación".
Y por cada provincia, aquellos que concurran a las elecciones en, al menos, el 50 por 100 de sus municipios, podrán gastar, además, otros 133.121,69 euros por cada una de las provincias en las que presenten ese mínimo de candidaturas.
Por otro lado, el Ministerio de Economía ha comunicado que, en concepto de subvención por gastos de envío directo de propaganda (sobres y papeletas), se abonarán 22 céntimos por elector en cada una de las circunscripciones en las que haya obtenido representación, siempre que se hayan presentado listas en el 50 por 100 de los municipios de más de 10.000 habitantes de la provincia correspondiente y haya obtenido representación en al menos la mitad de los mismos.
Esta cantidad subvencionada no estará incluida dentro del límite de gasto citado anteriormente "siempre que se haya justificado la realización efectiva" del envío de propaganda electoral por correo.