Fomento del Trabajo pide una Ley de huelga que permita declarar ilegal un paro antes de su inicio

Considera que también debería exigir una mínima mayoría sindical para poder convocar huelga

Joaquim Gay de Montellà (Fomento del Trabajo)
EUROPA PRESS
Europa Press Catalunya
Actualizado: martes, 23 febrero 2016 18:16

BARCELONA, 23 Feb. (EUROPA PRESS) -

Fomento del Trabajo ha reivindicado este martes la redacción de una Ley Orgánica que regule el derecho de huelga y también las garantías para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales, y ha considerado que se debería articular un procedimiento que permita declarar si una huelga es legal o ilegal "con anterioridad a su inicio".

En un comunicado, la patronal ha argumentado que en estos momentos se determina si una huelga ha sido ilegal en casos de procedimientos sancionadores de los participantes, lo que ha considerado que se debería cambiar.

Ha justificado que "quienes acrediten un interés directo y legítimo han de poder solicitar la declaración judicial previa de no ser conforme a derecho la huelga convocada" y, en ese caso, procederse a la inmediata desconvocatoria de la misma.

La organización ha lamentado que después de 37 años ningún Gobierno haya promovido una Ley de huelga y que, por tanto, sea una norma preconstitucional --un Real Decreto de 1977-- la única norma jurídica para este derecho, que ha considerado fundamental.

"Es obvio que la actual regulación de la huelga es incompleta, inexacta, genera inseguridad jurídica y es poco acorde con la realidad", ha manifestado la patronal catalana.

Asimismo, ha indicado que, a su juicio, la nueva ley debería exigir unas determinadas mayorías por parte de los sindicatos para poder convocar un paro, argumentando que las convocatorias por sindicatos o representaciones minoritarias "no son proporcionadas respecto al daño generado y se prestan a abusos".

Fomento del Trabajo ha sostenido que es necesaria una regulación que compatibilice el ejercicio del derecho de huelga con la tutela de otros derechos e intereses y que defina con precisión todos los aspectos que se derivan de la convocatoria de huelga.

SERVICIOS MÍNIMOS Y PIQUETES

Así, ha pedido que se establezcan con claridad los servicios que se consideran esenciales para la comunidad y las garantías para su mantenimiento, los derechos y libertades que han de protegerse, y los sectores y actividades donde han de asegurarse eficazmente el conjunto de prestaciones.

La organización presidida por Joaquim Gay de Montellà ha asegurado que la actual regulación de los servicios mínimos comporta que los ciudadanos no puedan ejercer el derecho al trabajo ni la libre circulación, con un perjuicio irreparable para la actividad económica de las empresas, y convierten en un "falso éxito" convocatorias cuyo seguimiento habría sido escaso o nulo.

Ha añadido que también debería regularse la actuación de los piquetes y que la ley debería impedir 'de facto' que se incurra en "coacciones, intimidaciones, amenazas y actos de violencia".

Según la patronal, deberían delimitarse las "responsabilidades administrativas, civiles, laborales, penales o de cualquier orden" que pudieran derivarse en el caso de participación en huelgas ilegales y las responsabilidades indemnizatorias de los convocantes.

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