Oriol Lladó y Josep Téllez, concejales del Ayuntamiento de Badalona
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Actualizado: lunes, 30 enero 2017 18:56

Lo ve una simple escenificación: "El derecho penal no castiga las performance"

BARCELONA, 30 (EUROPA PRESS)

El titular del Juzgado de Instrucción 4 de Badalona (Barcelona) ha archivado la causa contra seis concejales del municipio acusados por un delito de desobediencia de funcionario público por supuestamente haber abierto el edificio municipal durante el festivo del 12 de Octubre de 2016.

En el auto de archivo, recogido por Europa Press, el juez justifica la decisión porque los hechos no son constitutivos de delito de desobediencia: "Se limitaron a una mera 'performance'. El derecho penal no castiga las performance", argumenta.

Los investigados eran el primer teniente de alcalde y edil de Badalona Habitable, Oriol Lladó; el tercer teniente de alcalde y edil de Badalona Democràtica, José Antonio Téllez; la de Servicios Sociales, Agnès Rotger; la cuarta teniente de alcalde y concejal de Badalona Educadora, Eulàlia Sabater; la edil de Participación, Fàtima Taleb, y la de Espacios Públicos, Francesc Duran.

El 12 de octubre los seis concejales accedieron al edificio municipal y tuvieron una breve reunión y, a las 8.30 horas, Oriol Lladó y José Antonio Téllez comparecieron a las puertas del edificio ante la prensa y ciudadanos, donde Téllez rompió un papel dando a entender que era una copia de la resolución judicial que impedía abrir ese día.

Durante esa mañana, diferentes ediles atendieron a varios ciudadanos a las puertas del Ayuntamiento y en el vestíbulo y, a las 13.45 horas, el PP denunció los hechos y pidió como medida cautelar el cierre del Ayuntamiento; sin embargo, cuando los Mossos d'Esquadra acudieron el Consistorio ya estaba cerrado.

ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

El juez dice que, si al romper el papel, hubiesen ordenado la apertura y vecinos y funcionarios hubiesen entrado al Ayuntamiento, "se hubiese producido la verdadera desobediencia, pero el hecho es que no se produjo, y los hechos se limitaron a una mera performance".

El juez también considera que el edificio no estaba realmente abierto al público y que el hecho de que, por voluntad de algún edil, algún vecino los acompañase al interior del edificio un día festivo, eso no es una apertura real.

Sostiene que los ediles sí cumplieron la orden judicial de no abrir: Esteller envió un correo el día anterior comunicando a los trabajadores del Ayuntamiento que no abrirían y el mismo día 12 impidieron que los empleados públicos que había ido pudiesen entrar.

Eso sí, el juez acusa a Téllez de intentar judicializar la política con "una simple escenificación" para conseguir un eco mediático: era conocedor de que su situación comportaría la actuación de los tribunales pero siendo también consciente de que su actitud no era, en ningún caso, delictiva.

Ante los medios de comunicación el 12-O, Téllez dijo: "Tenemos una interlocutoria que impide que hoy ni tan solo los cargos electos podamos entrar dentro de las dependencias municipales".

El juez asegura que Téllez mentía, ya que "era plenamente consciente de que no era así" pues, en su declaración como investigado en sede judicial, achacó esas palabras que había pronunciado a que se había expresado mal.

"Por muy desagradable y mal educado que pueda parecer romper una resolución judicial, se ha de decir que en términos juridicopenales es una conducta irrelevante, amparada plenamente en la libertad de expresión", concluye el juez.

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