Plataforma per la Llengua celebra que una nueva ley permita usar el catalán en tribunales estatales

Publicado: jueves, 21 noviembre 2024 18:56

Los procesos que hayan empezado en Catalunya podrán continuar en catalán

BARCELONA, 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

Plataforma per la Llengua celebra la aprobación de la Ley Orgánica 5/2024, del 11 de noviembre, del Derecho de Defensa que permite por primera vez usar el catalán en tribunales con jurisdicción en todo el Estado español, según ha informado la entidad en un comunicado este jueves.

La organización subraya que su papel ha sido "clave" en la incorporación de derechos lingüísticos en esta ley, pues cuando se estaba tramitando en el Congreso de los Diputados planteó dos enmiendas que han sido incluidas en la redacción del texto.

EN VIGOR DESDE EL 4 DE DICIEMBRE

Con la aprobación de esta ley, que entrará en vigor el 4 de diciembre, aquellos procesos que hayan empezado en Catalunya y que acaben en una instancia de ámbito estatal, como el Tribunal Supremo o la Audiencia Nacional, podrán continuar en catalán y las partes podrán solicitar que se les proporcionen la documentación y las comunicaciones en esta lengua.

Con la nueva ley, un ciudadano implicado en un proceso judicial en cualquier parte del territorio español podrá expresarse en catalán si favorece su derecho a la defensa, de forma que los juzgados tendrán que facilitar traductores o intérpretes, sobre todo cuando se trate de su lengua materna o de una lengua oficial en una comunidad autónoma.

DOS ENMIENDAS

La Ley Orgánica, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 14 de noviembre, incluye dos enmiendas para garantizar los derechos lingüísticos en el ámbito de la justicia: la primera ha supuesto el añadido de un apartado en el artículo 10 sobre los titulares del derecho a la defensa, mientras que la segunda supone incluir un artículo entero, el 11, sobre el derecho a un intérprete o a un traductor.

Con la incorporación del artículo 11 se reconoce el derecho de los titulares del derecho a la defensa a un traductor o intérprete "si el uso de una lengua determinada, especialmente la materna o una de las lenguas oficiales en las comunidades autónomas, contribuye a garantizar el ejercicio del derecho de defensa".

Sin embargo, este artículo dejaba la puerta abierta a que un juez pudiera pedir que una persona declarara en castellano si consideraba que su nivel era correcto, por lo que Plataforma per la Llengua pidió añadir el apartado d) del artículo 10, que garantiza que una persona puede intervenir en un tribunal de ámbito estatal en catalán sin tener que jusficiar esta decisión.

De esta forma, en el apartado d) del artículo que regula los derechos ante los tribunales y en sus relaciones con la Administración de Justicia se recoge el derecho "en los procesos ante órganos con jurisdicción en todo el Estado, a utilizar cualquiera de las lenguas oficiales de la comunidad autónoma donde residan o donde se hayan iniciado las actuaciones judiciales, así como a recibir en cualquiera de esas lenguas las comunicaciones producidas".

Esto, señala Plataforma per la Llengua, incluye al Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Juzgados Centrales de Instrucción, los Juzgados Centrales Penales y otros órganos judiciales por lo que "los implicados en un proceso judicial podrán expresarse en catalán siempre que residan en Catalunya, en el País Valencià o les Illes Balears o siempre que el procedimiento legal se haya iniciado en uno de estos territorios".

Aunque Plataforma per la Llengua celebra la incorporación de estas dos enmiendas, "considera que con la aprobación de esta ley no hay suficiente y que hará falta velar para que se cumpla".

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