Recurre el auto del juez que le atribuye presunto soborno
BARCELONA, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -
El expresidente del FC Barcelona, Sandro Rosell, ha alegado ante el juez instructor del 'caso Negreira' que la causa ha prescrito para él, que presidió el club hasta enero de 2014, y ha pedido archivar la investigación sobre su gestión.
Lo ha hecho en un recurso, consultado por Europa Press este jueves, que su abogado Pau Molins ha presentado contra el auto que el instructor dictó la semana pasada y en el que atribuye a todos los investigados en la causa un presunto delito de cohecho, que afecta a los funcionarios públicos cuando reciben pagos de un particular, es decir, un soborno.
Molins señala en su escrito que el presunto delito de cohecho que atribuye el instructor prescribe a los cinco años, mientras que Rosell dejó la presidencia del Bara en enero de 2014, hace más de nueve años.
El abogado de Rosell recuerda que se le investiga por hechos cometidos durante su presidencia del Bara, en concreto por supuestamente pagar facturas a sociedades vinculadas al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira, e incide en que no se le puede atribuir lo que ocurrió después de que dejara la presidencia, por lo que el plazo de prescripción debe contar desde el día que dejó el cargo.
Hasta ahora, en esta causa se ha investigado a Rosell por los presuntos delitos de corrupción entre particulares, administración desleal y falsedad en documento mercantil, y en un auto de la semana pasada, el juez instructor añadió el presunto cohecho, pero el abogado recuerda que la administración desleal y la falsedad documental también prescriben en cinco años.
INVESTIGADO POR DELITOS QUE "SE AUTOEXCLUYEN"
Para justificar la atribución de un presunto delito de cohecho, el juez de Instrucción 1 de Barcelona argumentó que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), de la que es parte el Comité Arbitral, "tiene a efectos penales la condición de entidad jurídico-pública", y por tanto que sus directivos como era Negreira deben ser considerados funcionarios a efectos penales.
En este sentido, Molins reprocha al juez que "no se le puede exigir a esta representación que al mismo tiempo se defienda de dos imputaciones que se autoexcluyen", dado que el delito de cohecho está previsto para funcionarios y el de corrupción entre particulares excluye a las autoridades públicas.
El recurso de Rosell se suma al que ya presentó contra este mismo auto la defensa del también expresidente del Bara, Josep Maria Bartomeu, que se opuso a la argumentación del instructor respecto a que Negreira deba considerarse un funcionario.
FISCALÍA NO LE INVESTIGÓ
El escrito de la defensa de Rosell también esgrime que él no formó parte de la investigación de la Fiscalía antes de que el caso llegara al juzgado, lo que considera "la muestra más evidente de la conciencia que se tenía de que las actuaciones del señor Rosell estaban claramente prescritas".
En el mismo sentido, recuerda que la inspección de Hacienda que originó el 'caso Negreira' abarcaba desde febrero de 2014 hasta 2018, cuando Rosell ya no presidía el club.