La bandera de España ondea en el Tribunal Constitucional
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 16 mayo 2017 17:01

BARCELONA 16 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucional presentado por el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso contra la disposición 40 de la ley de presupuestos de la Generalitat, que incluye una partida para organizar el referéndum.

En un comunicado de este martes, el Pleno del Constitucional recuerda que la admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo de la cuestión, algo que se resolverá en próximas fechas.

El tribunal ha acordado dar traslado de la demanda al Congreso, al Senado y al Gobierno, así como a la la Generalitat y al Parlament, que disponen de 15 días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones.

El recurso planteado por los diputados socialistas pedía al alto tribunal declarar la inconstitucionalidad de los dos puntos de la disposición adicional y declarar su nulidad, porque consideran que la organización del referéndum "sobre el futuro político de Catalunya" es claramente inconstitucional.

En declaraciones a los periodistas el 5 de abril, la diputada catalana Meritxell Batet explicó que el Grupo Socialista seguía "la misma acción política" que sus compañeros en el Parlament, cuando solicitaron al Consell de Garanties Estatutàries un dictamen sobre la disposición adicional.

El órgano catalán alertó "por unanimidad" sobre la inconstitucionalidad de esta disposición y por eso el PSOE en el Congreso quiso plantear este recurso, fundamentado en el dictamen del Consell de Garantías Estatutarias, para que el Tribunal Constitucional pueda resolver.

Batet dijo entonces: "Pensamos que el respeto de la ley, el respeto de los dictámenes de instituciones catalanas, como el Consell de Garanties Estatutàries, del Estatuto de Autonomía y la propia Constitución es fundamental para un Estado democrático y un Estado de derecho".
EL GOBIERNO YA RECURRIÓ

El Pleno del Tribunal Constitucional ya había admitido a trámite, por unanimidad, el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno contra la parte del proyecto de Presupuestos de la Generalitat para 2017 que incluye partidas para la convocatoria de un referéndum de independencia.

El Gobierno recurrió la disposición adicional 40 y otras partidas presupuestarias de la ley de presupuestos, de manera que quedaron suspendidos los apartados 1 y 2 de los presupuestos, la citada disposición adicional 40, así como las partidas presupuestarias identificadas bajo las rúbricas 'Procesos electorales y consultas populares' y 'Procesos de participación ciudadana'.

En cambio, el recurso de los socialistas es contra la disposición destinada en concreto a las "medidas en materia de organización y gestión del proceso referendario" y no planteaba ninguna suspensión cautelar.

El recurso de los socialistas sostiene que este apartado es claramente inconstitucional porque "el orden constitucional de reparto competencial no permite, sino que impide a la Generalitat llevar a cabo una consulta sobre el futuro político de Catalunya".

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