BARCELONA, 23 May. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de dos años de cárcel a un mosso d'Esquadra por dar un porrazo en la cabeza a un joven que pasaba con su bicicleta por la plaza barcelonesa de Sants, cerca del centro okupado de Can Vies, la tarde del 27 de mayo de 2014, al considerar "que la violencia empleada no era en absoluto necesaria".
Según ha informado el Centre per la Defensa dels Drets Humans Irídia, que ejerció de acusación particular y popular, la Sala Penal del Supremo ha dictado un auto de inadmisión del recurso de casación que presentó la defensa del agente de la policía catalana, confirmando así la condena que impuso la Sección 7 de la Audiencia de Barcelona el 6 de julio de 2017.
El Supremo, en un auto recogido por Europa Press, considera que el golpe del agente "fue dirigido de forma intencionada a la parte alta del cuerpo", en base a la prueba del juicio, especialmente por la imagen en la que se ve al agente golpeando a la víctima.
Además, valora que "la fuerza utilizada por el acusado no era necesaria para el mantenimiento del orden público y la defensa de los intereses cuya protección tenía encomendada", y que su actuación desborda el marco de sus funciones.
La sentencia de la Audiencia recogía que el agente acudió a reforzar la acción de una compañera que estaba pidiendo al ciclista que se marchara del lugar y que ya le había golpeado en las extremidades, y le propinó un fuerte golpe en la cabeza con su defensa causándole una herida en la oreja que necesitó puntos de sutura.
La sentencia explicó que ese día los Mossos se desplegaron en la plaza, pese a que el ambiente allí era pacífico y no había ningún conato de violencia, para asegurar el orden público ante los altercados que se estaban produciendo esos días por el centro okupa de Can Vies.
El tribunal condenó al policía por un delito de lesiones agravadas por el uso de instrumento peligroso, y le absolvió de un delito contra la integridad moral.