El TSJC ratifica el origen laboral del cáncer de un extrabajador de la petroquímica de Tarragona

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Publicado: miércoles, 26 marzo 2025 14:08

TARRAGONA 26 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado el origen laboral del linfoma de Hodgkin --un tipo de cáncer linfático--, que sufre un extrabajador de Repsol de la petroquímica de Tarragona.

La sentencia de la Sala Social del TSJC consultada por Europa Press, desestima los recursos interpuestos por la mútua Fraternidad Muprespa, Repsol y la resolución del INSS contra la sentencia previa del Juzgado de lo Social 3 de Tarragona que concluyó que había un vínculo causal entre el cáncer del extrabajador y la exposición a químicos, principalmente bencenos.

Repsol alegó que el empleado --que tiene la incapacidad permanente absoluta desde 2019-- ocupó entre 2009 y 2018 una serie de puestos de trabajo en unidades de producción en los que el riesgo de exposición a agentes químicos era "accidental", pero que no existió un contacto continuado ni regular.

Sin embargo, el tribunal ratifica, basándose en un informe de Inspección de Trabajo, que "estuvo expuesto de manera continuada" desde 2009 a agentes químicos cancerígenos mientras realizaba sus funciones en distintos puestos y añade que el Plan de Higiene de Repsol evidenció que el trabajador había estado en contacto con benceno, tolueno y xileno.

El abogado de Col·lectiu Ronda, Jaume Cortés, que ha asesorado al afectado, ha manifestado que "ahora que está confirmado el origen profesional de la patología, continuará con las pertinentes reclamaciones para establecer la responsabilidad de Repsol por incumplimiento del deber de proteger la salud de sus trabajadores"

Cortés añade que "todavía son muchas las personas a las que la petroquímica enferma por la exposición a agentes químicos y contaminantes ambientales sin que lleguen a ver nunca reconocido el origen laboral de sus patologías ni acceder a prestaciones y derechos que les corresponden"

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

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