BARCELONA 21 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha reiterado que la asociación de guardias civiles Jucil no estaba legitimada para personarse como afectada para pedir la ejecución forzosa de la sentencia que obliga a impartir al menos un 25% de horas lectivas en castellano, que el tribunal ya ordenó a instancias de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB).
El tribunal ya rechazó en mayo que Jucil participara en el procedimiento y este martes, en un auto consultado por Europa Press, ha desestimado el recurso de la asociación contra la resolución que les dejó fuera del caso.
La asociación alegó que estaba legitimada para personarse en la causa porque los guardias civiles tienen destino forzoso en Catalunya, y por eso apeló al derecho a la conciliación familiar y a que los hijos de guardias civiles en Catalunya puedan estudiar en castellano.
Como ya hicieron en mayo, los jueces descartan sus argumentos: "Dijimos entonces y hemos de reiterar ahora que no se aprecia una relación suficiente entre la conciliación de la vida personal y laboral" que alega Jucil y el contenido de la sentencia que querían aplicar.
El propio TSJC dictó esta sentencia en diciembre de 2020 y una vez fue firme --después de que el Supremo inadmitiera un recurso de la Generalitat-- ordenó la ejecución forzosa del fallo y dio 15 días a la Conselleria de Educación para aplicarlo.