CEUTA 27 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ha condenado este lunes a 18 años y medio de cárcel a un exprofesor del Colegio San Agustín de la ciudad autónoma como responsable de varios delitos de elaboración y tenencia de pornografía infantil y abusos sexuales a menores de 16 años. Además, el docente, ya jubilado, ya sido inhabilitado para ejercer profesionalmente cualquier contacto con menores durante 23 años y medio. A ello se añade una medida de libertad vigilada de una década.
La Sala ha tardado cinco meses en dar a conocer su veredicto sobre la vista oral que, a finales de enero, tuvo como acusado a un docente ya jubilado procesado por ocho presuntos delitos de índole sexual con menores a partir de 11 años por los que la Fiscalía pedía para él 66 años de cárcel por captarlos aprovechando su vulnerabilidad para "normalizar" con ellos relaciones inadecuadas a su edad con alguien que al menos se la triplicaba.
El Ministerio Público solicitó un año en prisión por tenencia de pornografía infantil; dos por corrupción de menores; seis por abuso sexual a menor de 16 años; ocho por cada uno de los cuatro de inducción a la prostitución a menores de edad que se le atribuían; cinco por otro tipo de inducción a la prostitución a menores de edad; nueve por elaboración de pornografía infantil; otros tantos por el mismo en distinta variante; y dos más por 'sexting'.
De acuerdo con sus conclusiones, desde 2003, en ejecución de un plan preconcebido buscó y consiguió tener acceso a los números de teléfono de niños del círculo de ese centro educativo, sus equipos deportivos y la Cofradía de Las Penas para "lograr, con ánimo libidinoso, una relación y trato que excedía del amistoso y llegaba al ámbito sentimental y sexual".
"Se ganaba su confianza por medio de regalos e invitaciones y después solicitaba que le remitieran a través del terminal móvil fotografías de naturaleza sexual", retrató la Fiscalía parte del proceder delictivo que le imputaba.
La defensa del condenado reclamó su absolución o, en el peor de los casos, la aplicación de una atenuante de dilaciones indebidas entre marzo y noviembre de 2020, cuando el procedimiento estuvo parado. Su abogado remarcó la inexistencia de "dolo" y tildó de demasiado "indeterminado" y "falto de concreción", hasta el punto de generar "indefensión", el escrito de la Fiscalía y apenas se refirió al de la acusación particular (que pidió siete años y tres meses de cárcel de condena). "No se puede confundir lo moral con lo jurídico ni lo irreverente, ilógico o chirriante con lo delictivo, porque ahí hay una frontera que no se puede traspasar", advirtió.
"Todo es inventado o está en el aire", rechazó "con todo el respeto" después de que el acusado utilizase su turno de palabra para cerrar el juicio asegurando no recordar ni los Whatsapp subidos de tono que se cruzaba con los menores ni cómo se habían localizado en su ordenador fotografías de uno de ellos totalmente desnudo.