Publicado 14/08/2024 14:58
- Comunicado -

Los productores de eventos pueden por ley deducirse un 20% de la inversión realizada

Los productores de eventos pueden por ley deducirse un 20% de la inversión realizada
Los productores de eventos pueden por ley deducirse un 20% de la inversión realizada - Proincentiva

(Información remitida por la empresa firmante)

Madrid, 14 de agosto

Preparar un festival en verano; un concierto para las fiestas de un pueblo o, por ejemplo, un gran evento artístico puede suponer para un productor de eventos miles y miles de euros. El sector se enfrenta de manera habitual a elevados costes de producción, por lo que buscar la rentabilidad suele ser, a menudo, complicado. 

La inflación y el aumento de los precios en diversos sectores están poniendo en jaque la rentabilidad de muchos proyectos. Los productores se ven obligados a buscar soluciones creativas para optimizar sus presupuestos y garantizar el éxito de sus eventos. Una de las opciones que no todos conocen es que la ley les permite deducirse hasta un 20% la inversión realizada. 

Deducciones fiscales para aliviar los costes 

La ley del Impuesto de Sociedades estipula el derecho a que los productores de eventos obtengan una deducción fiscal del 20% sobre la inversión o gasto soportado en la producción de sus eventos o espectáculos. Esto abre la vía a que los productores de eventos recurran a especialistas en normativas fiscales, como es Proincentiva, para tramitar las deducciones. 

Gracias a esto es posible recuperar una parte de los gastos realizados en la producción de eventos. Esta medida no solo alivia la carga financiera, sino que también fomenta la inversión en el sector y la creación de empleo.

En este sentido, el productor tiene varias opciones para beneficiarse de esta deducción. En primer lugar, puede ceder la deducción fiscal. Esto significa que se puede optar por comercializar la deducción fiscal a un autónomo o empresa. Además, el productor puede optar por aplicarse la deducción directamente. Alternativamente, se puede aplicar esta deducción en su Impuesto de Sociedades o IRPF, reduciendo así su carga fiscal. Esta opción es recomendable únicamente si el productor tiene beneficios significativos en relación a los gastos soportados. Adicionalmente, si en ejercicios fiscales anteriores no se aplicó ni comercializó la deducción fiscal generada, esta puede acumularse para su uso futuro en el Impuesto de Sociedades o el IRPF.

Por otro lado, también existe la opción de que el productor no aplique ni comercialice la deducción. Si se decide no hacerlo, se pierde la oportunidad de obtener un beneficio significativo. Esta pérdida puede resultar en una mayor carga fiscal y en la falta de recuperación de una parte de los costes incurridos en la organización de eventos y espectáculos. Por lo tanto, no aprovechar estas deducciones fiscales implica dejar de recibir un beneficio económico que podría ser crucial para la sostenibilidad y el crecimiento del negocio.

Gastos artísticos, técnicos y promocionales

Los gastos que generan deducciones fiscales y son aptos para la comercialización se centran en tres categorías principales: el coste artístico, que incluye gastos relacionados con la contratación de artistas, honorarios y otros costes asociados directamente con la ejecución artística; el coste técnico, que engloba los gastos necesarios para la producción y realización del evento, como sonido, iluminación y otros equipamientos técnicos; y el coste promocional, que comprende los gastos incurridos en la promoción y publicidad del evento o espectáculo.

Cabe destacar que el beneficio económico que obtiene el productor al rentabilizar los gastos depende de varios factores, como el sector, la localización de la productora (si se encuentra en territorio común o en Canarias, País Vasco o Navarra, donde los incentivos fiscales son mayores), la demanda de inversores y las condiciones específicas del mercado en ese momento.

La oportunidad de comercializar las deducciones fiscales está disponible durante todo el año. Es importante recordar que el proceso para recuperar parte de los costes de espectáculos, eventos y producciones debe alinearse con el calendario fiscal y los plazos establecidos por la normativa tributaria.

Desde Proincentiva explican que ellos se ocupan de realizar todos los trámites y aseguran que muchos de sus clientes “han aprovechado esta opción de financiación, recurriendo a las deducciones fiscales año tras año. Las deducciones fiscales con las que trabajamos están promovidas por el Ministerio de Cultura y Hacienda. De esta manera, tanto los autónomos y empresas como los promotores y productores de espectáculos se benefician económicamente. Es una colaboración win-win-win en la que todos ganan”. 

Emisor: Proincentiva

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Email de contacto: comunicados@prensaymedios.com

 

 

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