(Información remitida por la empresa firmante)
MADRID, 7 Dic. (EUROPA PRESS) -
La creación de esta institución se realiza por segregación de la delegación en Cataluña del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos.
El nuevo colegio profesional deberá aprobar en un plazo máximo de seis meses sus nuevos estatutos.
El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya ha publicado, con fecha de 28 de noviembre, el decreto 210/2023 que da lugar a la creación del Colegio de Geólogos y Geólogas de Cataluña por segregación de la actual delegación catalana del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de dicho decreto, las personas colegiadas con domicilio profesional único o principal en Cataluña pasan a pertenecer, a todos los efectos, al Colegio de Geólogos y Geólogas de Cataluña, sin perjuicio de que puedan mantener su condición de miembros del ICOG.
Asimismo, el artículo 2 del mencionado decreto señala que el Colegio de Geólogos y Geólogas de Cataluña es una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y con capacidad plena para cumplir sus fines, y se rige en sus actuaciones por la normativa vigente en materia de colegios profesionales.
El decreto 210/2023 establece, en sus disposiciones adicionales, que el decano de la delegación en Cataluña del ICOG dispone de un plazo máximo de seis meses para convocar una asamblea general extraordinaria para aprobar los estatutos del nuevo colegio profesional y escoger sus órganos de gobierno. Hasta ese momento, la delegación del ICOG en Cataluña seguirá ejerciendo sus funciones corporativas.
Proceso iniciado en 2011
Como recuerda el presidente del ICOG, Manuel Regueiro, el proceso de creación del Colegio de Geólogos y Geólogas de Cataluña ha cumplido taxativamente la normativa del ICOG y la nacional y autonómica preceptiva y comienza en 2011 cuando la delegación catalana del ICOG adoptó por mayoría absoluta la creación de su propio colegio profesional.
Regueiro comenta que el artículo 4.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, establece que la segregación de los Colegios Profesionales deberá ser promovida por los propios Colegios, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos Estatutos, y requerirá la aprobación por Real Decreto. Por ello la Asamblea General Ordinaria del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG) celebrada el 13 de abril de 2013 se pronunció favorablemente a la propuesta de segregación de la delegación catalana y acordó que la Junta de Gobierno del ICOG promoviera la citada segregación ante las autoridades competentes.
Como el Ilustre Colegio Oficial de Geólogos tiene ámbito nacional, la competencia para aprobar la segregación corresponde al Estado, en tanto que la creación del nuevo colegio es competencia de la Comunidad Autónoma de Cataluña, de acuerdo con el artículo 125 de su Estatuto de Autonomía.
El Real Decreto 299/2021 aprobó la segregación de la delegación catalana del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos, estableciendo como fecha efectiva de dicha segregación la de la aprobación del correspondiente decreto por la Generalitat de Catalunya.
Dicho decreto ha estado sujeto al dictamen de interés público y de especial relevancia social o económica por parte del Parlament de Catalunya, que ha destacado la importancia de la función que aporta la geología profesional a la sociedad, en especial en materia de prospección de recursos naturales y energéticos, gestión medioambiental, desarrollo del paisaje natural y urbano, aplicación del conocimiento geológico a la obra pública y prevención de riesgos naturales.
Desde el Ilustre Colegio Oficial de Geólogos se quiere recalcar el carácter coordinado y armonioso del proceso de segregación, así como destacar la labor realizada por la delegación en Cataluña del ICOG a lo largo de todos estos años y desear al nuevo colegio profesional el mayor éxito posible en la defensa de los intereses de la profesión y de la geología.
Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG)
El ICOG es una Corporación de Derecho Público creada para la defensa y apoyo de los intereses de los Geólogos según la Ley 73/1978 de 26 de diciembre. Entre sus fines esenciales, destacan la ordenación de la actividad o ejercicio de la profesión de Geólogo y la representación exclusiva y defensa de los intereses de la misma. Con sede en Madrid, el Colegio cuenta con delegaciones en Aragón, Galicia, Asturias y País Vasco. Para más información, puede visitar www.icog.es.
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