El tribunal dice que no hay pruebas de que "ejerciera presión" para adjudicar a la trama o de que "favoreciera" a 'El Bigotes'
MADRID, 29 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional (AN) ha acordado absolver al expresidente de la Generalitat valenciana Francisco Camps del delito de tráfico de influencias en concurso ideal con el delito de prevaricación del que se le acusaba en el juicio del 'caso Gürtel' relacionado con los contratos adjudicados a la empresa Orange Market, perteneciente a la trama. El exmandatario ha terminado de esta forma su periplo judicial sin haber sido condenado en ninguna de las diversas causas en las que ha sido investigado y juzgado.
En una sentencia de 232 folios, la Sala condena a los integrantes de la misma, entre ellos a su líder, Francisco Correa, a su 'número dos', Pablo Crespo, y al responsable de Orange Market, Álvaro Pérez 'El Bigotes', a 2 años y 3 meses de prisión por haberse conformado con el escrito de acusación de la Fiscalía.
Los magistrados también condenan a otros ocho acusados a penas de entre 10 meses de prisión, como la impuesta al jefe del gabinete técnico de la Sociedad de Seguridad y Promoción Industrial Valenciana (Sepiva) Enrique Bort, hasta los 8 años de cárcel, como la que ha recaído sobre la del gerente de Orange Market Cándido Herrero.
Por contra, el tribunal absuelve a varios consellers y funcionarios de la Generalitat valenciana por las contrataciones públicas que se extendieron durante los años 2004 a 2009, entre las que destacaban las contrataciones por el Open de Tenis y los contratos de los Grandes Eventos de la Generalitat Valencia para su exposición en Fitur.
En relación con la acusación contra Camps por su participación en las contrataciones de Fitur, la sentencia recoge que "no se ha acreditado por prueba alguna válida" que el expresidente "ejerciera presión, sugestión, recomendación o insinuación alguna en la conducta" de la ex directora general de Promoción Institucional Dora Ibars Sra o en los órganos de gestión de las sociedades expositoras en el stand de Grandes Eventos de la Feria de FITUR de 2009.
"Pero es más, no existe testigo, escrito o comunicación alguna entre ambos en dicho periodo, lo que aleja cualquier prueba o indicio con trascendencia penal", indica, incidiendo en que no hay "registro alguno que acredite conversación alguna al respecto con Ibars --a quien el tribunal absuelve-- o cualquier de los organismos y sociedades expositoras".
EL "AMIGUITO DEL ALMA"
El fallo también se refiere a uno de los elementos nucleares del juicio: las relaciones de Pérez con Camps. En concreto, los magistrados señalan que "no puede deducirse en absoluto que Camps fuera responsable de todos los actos de Pérez o que favoreciera las actividades del mismo dentro del ámbito de la contratación pública".
Todo ello, continúan, "más allá de la opinión de terceras personas y de las escasas escuchas telefónicas entre ambos durante navidades, y que el propio Camps fuera a actos de celebración personales" de 'El Bigotes', como la boda de su hija.
Tanto en el juicio como a la salida de las diferentes sesiones Camps negó en repetidas ocasiones que tuviese una relación de amistad con 'El Bigotes'. "Todo esto es un montaje espectacular que no hay por donde cogerlo", llegó a asegurar en declaraciones a los medios.
En cuanto a la boda, Camps aseguró que acudió de manera "absolutamente cortés", y en relación a la felicitación que ambos intercambiaron en Navidad, cuando 'El Bigotes' le llamó "amiguito del alma", el expresidente aseguró: "Esa tarde la gente con tranquilidad y el absoluto relax del hogar puede decir este tipo de cosas".
Cabe recordar que el expresidente solo ha sido juzgado por esta pieza de 'Gürtel' y por el conocido como caso de los trajes, por el que fue absuelto. A pesar de haber sido investigado en otras causas judiciales, como la visita del Papa a Valencia o la construcción del circuito de Fórmula 1 en Valencia, la Justicia archivó para él en todos los casos.
SIN PERJUICIOS POR LA VOLVO OCEAN RACE
En el fallo también se estudian otros hechos de la época de Camps, como el Open de Tenis. Así, la Sala distingue los contratos de patrocinio de la Generalitat con los titulares de los derechos de la Asociación de Tenistas Profesionales (ATP), de los contratos realizados directamente por los titulares de las empresas IMT y ESEDOS, como empresas privadas, de los realizados por la Generalitat con otras empresas.
Los magistrados también analizan igualmente en la sentencia las contrataciones por razón de la salida de la Volvo Ocean Race en el puerto de Alicante y concluyen que no se aprecia que la Generalitat sufriera perjuicio alguno.
Respecto a las otras contrataciones realizadas por las distintas consellerías, la resolución desgrana la responsabilidad en la contratación de los distintos consellers, de sus jefes de gabinete y de los respectivos directores generales, en las distintas contrataciones con Orange Market y las otras empresas de la 'Gürtel'.
Por otro lado, la sentencia también absuelve a varios altos cargos del gobierno de Camps como Joaquín Fernando Tomás Font de Mora, Mary Patricia Callaghan, Alicia de Miguel, María Auxiliadora Hernández, David Francisco Serra, Rafael Peset, María de la Paz Aviñó, Manuel Cervera, Luis Eduardo Rosado, Inmaculada García, Paula de Cubas, José Manuel Vidal y Aránzazu Vallés.
Así las cosas, la sentencia estudia uno a uno los contratos en los que participaron y su adaptación a la legislación de la época, recogiendo la forma de trabajo en las distintas consellerías y quiénes eran los responsables de la contratación, así como la forma en que se procedía posteriormente al pago de las distintas facturas, examinando la legislación de la época sobre contratos menores.
El tribunal concluye que todos ellos no eran responsables ni tenían el dominio del hecho de los distintos contratos adjudicados a las empresas del grupo Correa, en especial a Orange Market.
En lo relativo a 'Gürtel', a la macrocausa le restan dos juicios: el relativo a la supuesta evasión fiscal y blanqueo de la trama --todavía sin fecha-- y el referente a los adjudicaciones irregulares de la trama en la localidad madrileña de Arganda del Rey.