CJC insta a Santa Pola a indemnizar con 124.000 € a los vecinos de una urbanización por la música de un chiringuito

Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 20:47

ALICANTE 24 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha emitido un dictamen en el que insta al Ayuntamiento de Santa Pola a indemnizar a los vecinos de una urbanización con 124.000 euros por el alto volumen de la música de un chiringuito de playa que no tenía licencia para el uso de aparatos sonoros, según recoge la memoria de la institución en 2012.

Este órgano jurídico consultivo ha declarado la responsabilidad patrimonial del ayuntamiento y ha estimado en parte la denuncia de los 124 vecinos de la urbanización contra este chiringuito. En diciembre de 2010 el representante de una comunidad de propietarios de la urbanización residencial formuló una reclamación de responsabilidad patrimonial, en la que insta una reparación económica para cada uno de los vecinos de la urbanización por las molestias que causaba este establecimiento de ocio.

Los vecinos presentaron decenas de denuncias ante debido a las molestias y daños morales que han sufrido y que padecieron durante las noches de verano, por la contaminación acústica procedente de un chiringuito de playa, cuyo funcionamiento fue sido autorizado y prorrogado por el Ayuntamiento de Santa Pola.

La reclamación se fundamenta en que los servicios municipales "no habrían desarrollado las actuaciones oportunas para garantizar el derecho al descanso nocturno de los residentes", al no haber evitado que un establecimiento de temporada o chiringuito de playa produjese molestias a los vecinos.

Según la documentación del expediente, el chiringuito "no estaba autorizado para el uso de aparatos, equipos sonoros o instrumentos musicales" cuyas emisiones pudieran molestar al vecindario, y antes de la reclamación se habían dirigido "múltiples quejas y denuncias" a la Policía Local, Guardia Civil, así como al Síndic de Greuges y al Defensor del Pueblo.

EL AYUNTAMIENTO NO IMPIDIÓ LAS MOLESTIAS

La reclamación vecinal se fundamenta en que los servicios municipales "no habrían desarrollado los actuaciones oportunas para garantizar el derecho al descanso nocturno de los residentes, al no haber evitado que este establecimiento de temporada", autorizado por la Junta de Gobierno Local con la condición específica de que la ambientación musical no podía molestar a los vecinos, "hubiera ajustado su funcionamiento nocturno a dicha condición en todo momento".

Por este motivo, el CJC ha instado a indemnizar con 1.000 euros a cada uno de los 124 vecinos de la urbanización, cuando en un primer momento la reclamación presentada por estos ascendía 286.440 euros por molestias y daños.

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