ALICANTE 16 Ene. (EUROPA PRESS) -
La sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a siete años y medio de prisión por intento de homicidio al acusado de asestar dos puñaladas a su pareja sentimental en Daya Nueva (Alicante) en diciembre de 2016, a pesar de que la mujer le exculpó en la vista oral al asegurar que el autor de la agresión fue un traficante de droga.
En el escrito de sentencia, al que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal resuelve finalmente condenando al procesado por intento de homicidio al considerar que las declaraciones realizadas por los testigos a lo largo del procedimiento "son coincidentes" en identificarle como el autor de la agresión.
Durante el juicio, celebrado el pasado 19 de diciembre, el acusado negó que acudiera el día de los hechos a buscar a su pareja a casa de su cuñado, así como que la apuñalara dos veces en el costado izquierdo cuando intentaba huir.
La víctima, que fue citada en calidad de testigo, aseguró en el juicio que debido a la adicción a la cocaína que padece "se volvió loca" y "por celos" se inventó que su marido desde hacía 15 años le había apuñalado, ya que el acusado tenía una relación con otra mujer, motivo que, sumado a la insistencia de él para que dejara de consumir droga, hicieron que se "cansara de él" y decidiera incriminarle, según manifestó.
Al respecto, durante la vista oral, la mujer aseguró que el autor de la agresión fue un hombre con el que había contraído una deuda de droga, una versión que el tribunal considera "inversosímil". En ese sentido la sentencia especifica que la perjudicada identificó "sin género de duda alguna" a su marido como agresor ante la Guardia Civil y en el juzgado de Violencia de Género.
Ante esto, el tribunal considera que la perjudicada no ha dado una "justificación mínimamente razonable sobre su retractación", algo que atribuyen a "motivaciones distintas a decir la verdad como puede ser la dependencia emocional y psicológica" hacia su marido, dependencia que "sufren las mujeres víctimas de violencia de género", según apunta la sentencia.
OTROS TESTIGOS
Además de en las declaraciones de la víctima en fase de instrucción, el tribunal sustenta el fallo en las declaraciones de otros dos testigos presenciales de los hechos, el propietario de la casa en la que se escondía la mujer, que se enfrentó al agresor y recibió un puñetazo; y un hombre de origen argelino que acudió al lugar con el acusado y que fue quien posteriormente trasladó a la mujer al centro de salud.
Respecto a este testigo, que en el momento del juicio se encontraba en paradero desconocido, en fase de instrucción declaró que el agresor había sido el marido de la perjudicada. En cuanto al propietario de la casa de Daya Nueva donde se escondía la mujer, la Sala ha tenido en cuenta la declaración que realizó en fase de instrucción, en la que reconoció al marido de la víctima como el autor de las puñaladas.
El tribunal atiende a la declaración que el testigo hizo en fase de instrucción al considerar que es la que tiene "credibilidad y fiabilidad", ya que su actitud durante la vista oral fue "evasiva, vacilante, dubitativa" al negar sus anteriores declaraciones y asegurar que no reconocía al acusado como la persona que le dio un puñetazo y perpetró el apuñalamiento.