El Consell establece la ordenación de donaciones y crea un Instrumento Autonómico de Reconstrucción ante la DANA

El president de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón, durante el pleno extraordinario del Consell de la Generalitat.
El president de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón, durante el pleno extraordinario del Consell de la Generalitat. - Jorge Gil - Europa Press
Actualizado: martes, 12 noviembre 2024 20:31

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   VALÈNCIA, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

   El Consell ha aprobado este martes un decreto ley por el que se adoptan medidas administrativas y económico-presupuestarias para facilitar la respuesta de la Generalitat como consecuencia de la DANA sufrida por la Comunitat Valenciana los días 28 y 29 de octubre de 2024. Entre estas medidas, se establece la ordenación de las donaciones que se están produciendo y la regulación de la asignación de los ingresos y se crea el Instrumento Autonómico de Respuesta, Atención y Reconstrucción frente a la DANA.

   El objeto principal de esta norma es "fijar un esquema normativo que facilite la gestión económico-presupuestaria para favorecer la reconstrucción" de la Comunitat tras los efectos derivados de la DANA, según ha informado la Generalitat en un comunicado.

   Entre otras cuestiones, el decreto establece la ordenación de las donaciones que se están produciendo, de forma que las donaciones dinerarias que se efectúen se ingresarán en la cuenta del Tesoro de la Generalitat.

   Los ingresos procedentes de estas donaciones se destinarán a atender gastos derivados de la DANA, como ayudas a las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, que hayan sufrido daños en sus bienes o derechos, reparación de las infraestructuras dañadas, suministros, material, así como cualquier otro que pueda contribuir a reforzar la recuperación y vuelta a la normalidad en los municipios afectados.

   Las donaciones de equipamiento y suministros relacionados con la lucha contra los efectos de la DANA que tengan la consideración de bienes muebles se considerarán aceptadas por su recepción por la conselleria o entidad destinataria de las mismas.

   En cuanto a las donaciones de bienes inmuebles, serán aceptadas por la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, que podrá destinarlas a la lucha contra los efectos de la DANA o enajenarse y aplicar el producto obtenido a esta finalidad.

   Del mismo modo, se regula la afectación de los ingresos, de tal forma que "se asegura que toda aportación pública o privada tendrá como único destino hacer frente a las actuaciones y medidas que adopte la Generalitat para hacer frente a las necesidades originadas por la DANA".

CRÉDITOS PARA FINANCIAR ACTUACIONES FRENTE A LA DANA

   En este sentido, todos los créditos presupuestarios financiados con estos fondos solo podrán ejecutarse con el fin de financiar actuaciones directamente vinculadas a la declaración de 'Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil', aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 5 de noviembre.

   Asimismo, la Conselleria de Hacienda podrá adoptar las medidas provisionales, preventivas o correctivas necesarias para "asegurar la racionalización del gasto, el cumplimiento de los objetivos y prioridades en la planificación presupuestaria".

   Esta norma también crea el Instrumento Autonómico de Respuesta, Atención y Reconstrucción frente a la DANA en Valencia, que quedará adscrito a la entidad Valenciana d'Estratègies i Recursos per a la Sostenibilitat Ambiental, SA (VAERSA).

   Le corresponderá la gestión, atención, coordinación y apoyo material de las medidas que sean requeridas por las autoridades autonómicas y locales afectadas por la DANA en la Comunitat. De igual forma, se recoge la declaración de utilidad pública o interés social y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados de expropiación forzosa, ocupación temporal o imposición de servidumbres como consecuencia de la ejecución de las obras en infraestructuras hidráulicas y de carreteras afectadas por la DANA.

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

   Por otra parte, se reordena el sistema de modificaciones presupuestarias "de manera similar" a como se hizo para hacer frente a la COVID, con el fin de "agilizar su tramitación" y "priorizar la atención" de los gastos vinculados a la DANA.

    Así, durante el periodo de vigencia de la declaración de 'Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil', las transferencias de créditos que tengan su origen o traigan causa en la adopción de medidas o actuaciones destinadas a hacer frente a esta emergencia no les será de aplicación la limitación establecida en la Ley 1/2015 de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.

   Igualmente, se adopta un conjunto de medidas destinadas a agilizar el régimen de las ayudas y subvenciones. En este sentido, se incluyen preceptos relativos a las subvenciones nominativas, a la condición de beneficiario y al pago anticipado de las ayudas, "con el fin de repercutir directa e inmediatamente en favor de las personas, físicas o jurídicas, principales afectados por la DANA".

   También se declaran de interés general todas las obras necesarias que la Generalitat tenga que ejecutar para "lograr la recuperación y vuelta a la normalidad" como consecuencia de la DANA y, a este respecto, se agilizará toda la tramitación de los contratos y expedientes.

   Este decreto legitima a la Generalitat y a las entidades del sector público para solicitar las transmisiones de datos entre órganos de esta o de distintas administraciones públicas en la gestión de las ayudas y otros procedimientos que se aprueben para paliar las pérdidas ocasionadas por la DANA.

   Además, se adoptan medidas de carácter extraordinario para garantizar la seguridad e integridad de las personas usuarias de los centros de servicios sociales en los casos de declaración de situaciones de emergencia o catástrofe que les pudieran afectar.

CONTRATACIÓN DE EMERGENCIA

   De igual forma, se regula la contratación de emergencia justificada por la necesidad de actuar de manera inmediata, de conformidad con lo previsto en la Ley 9/2017 de contratos del sector público, así como el Registro de personal funcionario habilitado, con la finalidad de agilizar la participación del personal funcionario habilitado de las entidades locales en el servicio de asistencia para la realización de actuaciones y trámites de la Generalitat, cuando así se requiera ante una declaración de emergencia o catástrofe.

   Se establece la inembargabilidad de las ayudas previstas en el Decreto 163/2024 del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas.

   Con el objetivo de apoyar a las administraciones públicas locales en restablecimiento de infraestructuras de transporte, saneamiento o residuos que sean de su titularidad, el decreto autoriza con carácter excepcional a la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio a realizar las actuaciones que se estimen "más adecuadas".

   Por último, la norma recoge una previsión específica dirigida a la incorporación de remanentes financiaciones con fondos finalistas, con el fin de asegurar que, en lo que se refiere a las operaciones de cierre del ejercicio 2024 y apertura del 2025, se desarrolla "con la mayor agilidad posible", y permite atender "todas las obligaciones asociadas a los mismos a la menor brevedad".

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