El Consell estudia recurrir el cierre de la fase III de Pinedo por las "graves consecuencias ambientales" que supondría

Vista general de la depuradora de Pinedo
EMSHI
Publicado: viernes, 13 enero 2017 15:04

Advierte: No se podría reutilizar ningún caudal del sistema para riego y se verían comprometidos cultivos de arroz de la Albufera

VALENCIA, 13 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Generalitat Valenciana ha anunciado este viernes que estudia recurrir el cierre de la fase III de la depuradora de la pedanía de Pinedo, en Valencia, acordado judicialmente al carecer de licencia ambiental, y ha advertido de las "graves consecuencias ambientales" que implicaría su clausura, entre otras, porque no se podría reutilizar ningúnc audal del sistema de la instalación para el riego y se verían "comprometidos" los cultivos de arroz de la zona norte de La Albufera.

El gobierno autonómico se ha pronunciado en estos términos en un comunicado después de conocerse que la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ordenado el cierre de la tercera fase de la depuradora de la pedanía de Pinedo (Valencia) al carecer de licencia ambiental, de conformidad con lo establecido en la ley.

Esta fase de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) fue construida por la Generalitat Valenciana a través de la Empresa Pública de Saneamiento de Aguas Residuales (EPSAR), que licitó las obras y abonó los costes de construcción con cargo al canon de saneamiento recaudado, con un coste total de 45.692.561,05 euros, la obra principal y de 5.384.793,70 euros, las obras complementarias.

La Generalitat estudia recurrir la ejecución de la sentencia "por las graves consecuencias medioambientales" que supondría el cierre de esta fase de la EDAR ya que "significaría dejar fuera de servicio las instalaciones correspondientes al tratamiento biológico de la línea 2 de tratamiento de Pinedo así con el tratamiento terciario de las aguas".

Esto supondría que, dado que el sistema de depuración de Pinedo trató en el ejercicio 2016 un caudal medio de 303.758 metros cúbicos al día, "solamente podría recibir tratamiento biológico en Pinedo 1 un caudal máximo de 124.900 m3/día". Por lo tanto, 178.858 m3/día recibirían únicamente un tratamiento primario en Pinedo 2.

Esta agua tratada en Pinedo 2 (178.858 m3/día) incumpliría los límites de vertido establecidos en la Directiva del Consejo 91/271/CEE, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas. Por ello, no se podría reutilizar ningún caudal del sistema Pinedo para riego, dado que el envío de aguas hacia la Acequia del Oro o la Acequia de Favara requiere eliminación de nutrientes (nitrógeno y fósforo) por debajo de los límites establecidos en la Directiva del Consejo 91/271/CEE.

Esto es así porque el agua se envía a una zona catalogada como "sensible", el Parque Natural de la Albufera, y el tratamiento biológico de Pinedo 1 "no está diseñado para eliminación de nutrientes". Al no poder reutilizarse el agua regenerada en agricultura (en 2016 se enviaron 20 hectómetros cúbicos), "se verían comprometidos los cultivos de arroz de la zona norte de la Albufera que se riegan con estas aguas, generado un importante perjuicio hídrico para la Cuenca Hidrográfica del Júcar".

VERTER AL MAR

De este modo, la totalidad de las aguas depuradas en el sistema Pinedo "se deberían verter al mar a través del emisario submarino existente". La mezcla del agua vertida, procedente de Pinedo 1 con tratamiento secundario y de Pinedo 2 con tratamiento primario, "no cumpliría con los límites de vertido establecidos en la Directiva del Consejo 91/271/CEE, ni con los límites de vertido establecidos en la autorización de vertido al mar".

De igual modo, los lodos producidos en Pinedo 2 no se podrían tratar, dado que la digestión anaerobia de Pinedo 1 no tendría suficiente capacidad para tratar la totalidad de lodos generados en Pinedo 1 y Pinedo 2.

FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA

El sistema de tratamiento y depuración de aguas residuales consta de tres fases de construcción. La primera, Pinedo 1, es una depuradora con capacidad de tratamiento de 124.900 m3/día, construida en 1981 por el Ministeri de Obras Públicas, cuyo titular es la Emshi y titular de la gestión la Epsar, destinada al tratamiento secundario (biológico sin eliminación de nitrógeno), digestión anaerobia de lodos y deshidratación mediante centrífugas.

Pinedo 2, para depurado con capacidad de tratamiento de 200.000 m3/día y tipo de tratamiento primario (físico-químico) y secado de lodos mediante centrífugas. Se construyó 1992 por la Conselleria de Obras Públicas de la Generalitat y en la que la titular de la instalación es la Emshi/Generalitat Valenciana y de la gestión la Epsar.

Pinedo 3 fue para la ampliación de la línea de tratamiento de Pinedo 2, dotándolas de tratamiento secundario con capacidad de 200.000 m3/día, y de tratamiento terciario para Pinedo 1 y Pinedo 2, con capacidad de 350.000 m3/día.

En este caso se amplía la línea de tratamiento de Pinedo 2 con un tratamiento secundario (biológico con eliminación de nutrientes), digestión anaerobia de lodos y deshidratación mediante centrífugas, y se construye un tratamiento terciario de regeneración para Pinedo 1 y Pinedo 2 y los bombeos de salida de agua regenerada para riego. Se construyó en 2005 por la Generalitat Valenciana, que es la titular de la instalación, que gestiona Epsar.