VALENCIA, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana ha enviado este jueves un requerimiento a los consistorios en los que se ha "constatado" la colocación de banderas republicanas y les ha instado a cumplir la Constitución y la Ley de Banderas 39/1981 y a retirarlas. Así lo ha indicado la Delegación del Gobierno en un comunicado "ante la colocación de banderas republicanas en edificios públicos" en la Comunitat.
El delegado de Gobierno, Juan Carlos Moragues, ha asegurado que las acciones del Ayuntamiento de Valencia --que ha colgado una pancarta con un dibujo de la Senyera junto a la bandera republicana para "celebrar" el 80 aniversario de la República-- y otros consistorios son "una provocación" y considera que se "fomenta la polémica de división, y confrontación, abre viejas heridas y fantasmas y es una demostración más del sectarismo con el que gobiernan algunos dirigentes políticos".
"La exhibición es contraria a la Constitución y a la Ley y es una falta respeto a la simbología constitucional", ha dicho, y ha añadido que, por este motivo, la Delegación "que vela por el cumplimiento ha enviado un requerimiento a los ayuntamientos para que cumplan la ley y retiren la bandera republicana".
Moragues ha pedido a los representantes políticos "que aboguen por la neutralidad política ya que gobiernan para todos". La Delegación del Gobierno ha recordado que la Constitución en su artículo 1.3 establece que la forma política del Estado Español es la monarquía parlamentaria" y en el artículo 4.1 se fijan los colores de la bandera de España.
Además, añade que el artículo 4.2 de la Constitución indica que los Estatutos "podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas" que se utilizarán "junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales" y que la Ley 39/1981, de 28 de octubre por la que se regula el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas, fija en los artículos 3, 4, 5 y 6 la utilización de la bandera de España por las instituciones públicas.
En esta línea, apunta que una reciente sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (29/10/2015) señala que "en un edificio público, cual es el Ayuntamiento, no se puede hacer uso de la bandera republicana ni en el balcón principal, ni en cualquiera de sus fachadas o ventanas, se trate o no de un mástil o cualquier otro tipo de exhibición pública".