Imagen de archivo del presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante una sesión de control al Gobierno valenciano en Les Corts Valencianes, a 28 de noviembre de 2024
Imagen de archivo del presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante una sesión de control al Gobierno valenciano en Les Corts Valencianes, a 28 de noviembre de 2024 - Eduardo Manzana - Europa Press
Actualizado: martes, 17 diciembre 2024 21:26

Entiende que la causa debe seguir en un juzgado ordinario hasta ver si hay indicios "fundados" contra el president para elevarla al TSJCV

VALÈNCIA, 17 (EUROPA PRESS)

Fiscalía ha informado a favor de que se abra una investigación sobre la gestión de la dana del 29 de octubre por parte del 'president' de la Generalitat, Carlos Mazón, y ex altos cargos del Consell en el momento de la emergencia, como la exconsellera de Justicia Salomé Pradas o el ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso. Las inundaciones han dejado un balance de 223 víctimas mortales, tres desaparecidos, 80 pueblos de la provincia de Valencia afectados y daños materiales millonarios.

Según el escrito, consultado por Europa Press, Fiscalía considera preciso que el procedimiento se inicie para el esclarecimiento "completo" de los hechos con relevancia penal y la averiguación de los partícipes.

Para este fin, entiende que el órgano instructor, "que no es otro que el Juzgado de Instrucción que resulte competente, es necesario que actúe conforme a las normas generales, lleve a cabo una completa investigación judicial sobre los hechos acaecidos concretando la intervención, o, en su caso, inacción, de cada uno de los querellados y denunciados", y una vez concluida, se eleve a la sala del TSJCV una exposición razonada "en el caso que estimara que existen indicios de criminalidad suficientes" contra la persona aforada a la que se dirigen las denuncias y querellas: Carlos Mazón.

De esta forma se ha pronunciado ante la petición de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que le trasladó la pasada semana una providencia en la que le daba dos días de plazo para emitir un informe sobre la competencia del TSJCV en este caso y la admisión o inadmisión de los escritos remitidos por las partes.

La Sala acordó acumular en la misma causa las siete denuncias y querellas interpuestas hasta el pasado viernes 13 de diciembre contra Carlos Mazón por la gestión de la dana al considerar que tratan "sobre los mismos hechos".

En este caso, las siete querellas y denuncias ponen el foco en Mazón y varios ex cargos de su gobierno a los que atribuyen hechos similares como que "con desatención de sus deberes como máximas autoridades autonómicas valencianas, y ajenos a los escenarios de alertas y mensajes que se estaban emitiendo por distintos organismos, omitieron el dictado de resoluciones y de decisiones que eran de su competencia, y de ese modo no evitaron o, cuanto menos, no redujeron, la entidad de la catástrofe acaecida", recoge el escrito.

En concreto, las querellas y/o denuncias de Iustitia Europa, cuatro de particulares, una de la CGT PV y otra de FETAP-CGT van dirigidas contra Mazón, cuatro de ellas de forma exclusiva contra el 'president' (Iustitia Europa, CGT y dos particulares). Otras dos apuntan también a Salomé Pradas, cesada posteriormente; mientras que la de la FETAP-CGT se dirige también contra el director general de Emergencias y Extinción de Incendios, Alberto Javier Martín y contra el ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso.

El ministerio público subraya que el contenido de todas ellas son relatos fácticos "coincidentes en esencia", al igual que las "infracciones omisivas, inacciones y falta de diligencia" con los resultados atribuidos al 'president' y miembros de su gobierno. En concreto, les consideran responsables de los delitos de homicidio y lesiones imprudentes, contra los derechos de los trabajadores, prevaricación, daños imprudentes y omisión del deber de socorro.

INVESTIGACIÓN "ÚNICA Y CONJUNTA"

La Fiscalía entiende que la investigación de los hechos y de las responsabilidades penales debe ser "única y conjunta" por cuestión "funcional" y ser "necesario". Así, señala que es "más que razonable realizar una única instrucción dada la magnitud de la causa, la complejidad de los hechos, la participación como querellados y denunciados de múltiples autoridades políticas y responsables de organismos públicos, la previsible dificultad de la investigación, y el ingente número de perjudicados, y de posibles testigos y peritos".

Y considera que es única instrucción se debe llevar a cabo "por el órgano judicial que naturalmente tiene atribuida dicha función investigadora, el Juzgado de Instrucción" puesto que, a fecha de hoy, "la concreta intervención" de los denunciados "no consta singularizada" en los delitos atribuidos por los denunciantes.

Por ello, considera que no es procedente que sea la sala del TSJCV la que instruya este procedimiento porque esto supondría que el alto tribunal valenciano "asumiera una actividad investigadora desde el incipiente estado en que se encuentra la Causa Especial 55/2024", para "dilucidar si concurren indicios fundados de responsabilidad penal contra el único aforado", cuando esa potestad "corresponde a los Juzgados de Instrucción, quienes con carácter general les está atribuida la realización de las actuaciones propias de la fase instructora".

"Y si de su resultado se desprendieran méritos suficientes para proceder contra aquel, el órgano unipersonal que finalmente conozca de los hechos, mediante la oportuna exposición razonada, lo pondrá en conocimiento de la Sala a quien se dirige este escrito", apunta el ministerio público, que cita jurisprudencia para recalcar el "carácter restrictivo" con el que "deben ser interpretadas las reglas competenciales en supuestos de aforamiento; de suerte que, hasta en tanto no se acrediten indicios fundados de responsabilidad penal en la conducta del aforado, el Juzgado de Instrucción mantendrá la competencia para conocer de la denuncia o querella interpuesta".

Así, señala que hay varias personas querelladas o denuncias, de las que únicamente una, Carlos Mazón, ostenta la condición de aforada, mientras que el resto no, por lo que considera que se deben inadmitir esas querellas para que continúe la investigación en los Juzgados de Instrucción y, en caso de estimar que hubiera indicios suficientes en su contra, elevar una exposición razonada al alto tribunal.

En esta línea, subraya que, en este supuesto, los postulados jurisprudenciales fijados por el Supremo son "perfectamente trasladables", "habida cuenta de que en el momento actual son varias las personas que, eventualmente, pueden resultar concernidos por la investigación que se lleve a cabo, amén de la necesidad de perfilar la existencia de vestigios de criminalidad en el proceder del aforado".

En este caso, recuerda que hay diligencias previas en dos instancias judiciales de València: el 20 y el 15. El 20, según informó en su día el TSJCV, fue el primero que abrió diligencias previas por el fallecimiento de una persona en la capital durante las inundaciones. En estos momentos hay pendiente de resolución una cuestión de competencia sobre la que debe decidir la Audiencia.

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