VALENCIA 24 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Valencia ha anulado la inhabilitación impuesta a tres exresponsables de la Falla Carrera Malilla-Ingeniero Joaquin Benlloch cuestionados por su gestión al frente de la comisión.
De esta forma, el magistrado ha estimado los recursos interpuestos por estos tres exresponsables, entre los que se encontraba Julián Caballero y su mujer, antigua tesorera de la falla María Isabel Molina, --padres, además, de quien fue Fallera Mayor de Valencia de 2011 Laura Caballero--, contra la decisión de la Junta Central Fallera (JCF) de sancionarles, según consta en la resolución facilitada por la familia.
Los hechos se remontan a 2013, cuando la Falla Carrera Malilla denunció a Caballero, a su mujer y a Luis Ángel Morant ante la JCF por mala gestión. Seguidamente, la Asamblea de Presidentes, en un pleno público, les inhabilitó para cualquier cargo directivo durante el periodo de entre dos y tres ejercicios falleros.
La Comisión fallera denunció por vía penal a la pareja y a Morant y les atribuyó delitos societarios y de apropiación indebida. "El juzgado desestimó hasta en dos ocasiones, el 10 de enero de 2014 y 21 de febrero de 2014, las pretensiones, y archivó el caso por no existir ningún indicio de delito", ha recordado la familia.
Así mismo, el 17 de marzo de 2014 la Comisión presidida por Fernando Zaragoza Madrid, "pese a no tener pruebas y haber perdido ya en dos ocasiones, recurrió ante la Audiencia Provincial de Valencia, la cual volvió a dar la razón a la familia Caballero Molina y manifestó que no había algo delictivo".
En concreto, la Audiencia descartó el delito societario puesto que la falla no es una sociedad mercantil y tampoco entendió que fuera un delito haber efectuado con dinero de la falla regalos de cortesía en la condición de representantes de la falla denunciante.
"Es costumbre muy fallera la del regalo y no parece que los cargos sean quienes deben correr con ellos, cosa distinta a la que sucede con los padres de las falleras, que regalan de manera abundante. Si se hacen regalos en nombre de la falla, institucionales o de representación, los paga la falla", señalaba el tribunal.
Y agregaba: "Otra cosa es que no lo sean o sea un exceso, pero para corregir esas disfunciones no debe acudirse a esta jurisdicción, represiva y sancionadora de conductas típicas, dado que el ordenamiento jurídico tiene remedios para restaurar el derecho, si es que se violentó el patrimonio de la falla, en otra jurisdicción".
ESTUDIAN MEDIDAS
Tras tres años "de duro procedimiento judicial", la justicia "ha vuelto a dar la razón a la familia, quienes estudian ya tomar medidas legales ante el error de la JCF, así como de aquellas personas y medios que faltaron a la verdad dañando gravemente la imagen durante el proceso", han advertido.
En concreto, en la última resolución judicial, se estiman las inhabilitaciones no conformes a derecho y, en consecuencia, se ordena su anulación. Así mismo, se condena al Ayuntamiento de Valencia al pago de costas a la administración demandada. Al no haberse presentado recurso de apelación al juzgado en un plazo de 15 días, el 27 de enero de 2017 se declaró firme esta sentencia.