VALNCIA 17 Jun. (EUROPA PRESS) -
El juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia ha condenado a
Ryanair a indemnizar a pasajeros de vuelos con origen o destino al aeropuerto valenciano de Manises, afectados por las huelgas de personal de cabina del pasado otoño y verano, según ha informado el portal Flightright en un comunicado.
De esta forma, la aerolínea deberá indemnizar con 500 euros a una pasajera cuyo vuelo Valencia-Bristol se quedaba en tierra a causa de la huelga de personal de cabina de Ryanair del pasado otoño y a otros tres pasajeros que deberían haber realizado en julio el trayecto Las Palmas-Valencia con 400 euros a cada uno, tras ser cancelado su vuelo por la huelga de personal en verano.
Según el portal de defensa de los derechos de los pasajeros aéreos, durante las huelgas paneuropeas de personal de cabina de la aerolínea irlandesa ocurridas el pasado año "muchos vuelos fueron cancelados y miles de pasajeros se quedaron en tierra".
En ese caso, Ryanair estaba rechazando por defecto todas las reclamaciones relacionadas con huelgas alegando que son "circunstancias extraordinarias", según Flightright, que ya presentó en agosto de 2018 una demanda ante el Tribunal Regional de Frankfurt por este motivo, y que comunicó el pasado mes de mayo que la aerolínea irlandesa había aceptado su responsabilidad de "compensar" a los pasajeros por ellos representados ante el tribunal de Hamburgo.
Ahora, y también tras dos demandas interpuestas por Flightright, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia vuelve a dar la razón a la organización y obliga a la aerolínea a indemnizar con 500 euros a una pasajera cuyo vuelo con itinerario Valencia-Bristol fue cancelado el pasado 28 de octubre y a otros tres pasajeros que deberían haber realizado el trayecto Las Palmas-Valencia el 27 de julio de 2018 con 400 euros a cada uno. En ambos casos, los vuelos fueron cancelados en el marco de huelgas de personal.
Las resoluciones, contra las que no cabe recurso, estiman la demanda interpuesta por Flightright, actuando como cesionaria de los derechos de varios clientes de la compañía. "La huelga de tripulantes de cabina, al igual que otras huelgas consideradas salvajes y por las que se ven afectados miles de pasajeros aéreos cada año, entran dentro de las posibles situaciones que pueden darse en el marco de un conflicto laboral, y no pueden considerarse como causa o circunstancia extraordinaria que limite los derechos de los pasajeros ni las obligaciones de ninguna compañía aérea", ha apuntado Laure Marc Martínez, responsable de Comunicación Internacional de Flightright.
SEGÚN DISTANCIA Y DESTINO
Según indican las sentencias, Ryanair deberá compensar en estos casos al pasajero, atendiendo a la distancia del vuelo de origen y destino. El portal recuerda que el año pasado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya resolvió que, en caso de huelga, si la aerolínea es responsable de esta "y por tanto hubiera podido tomar medidas para evitarla, debe abonarse una indemnización a los pasajeros afectados por las cancelaciones o retrasos que ocasione".
El juzgado valenciano recoge también este hecho en sus sentencias. "No es comprensible, con los precedentes judiciales que ya hay, que Ryanair solo acceda a pagar las reclamaciones de los casos de huelga exclusivamente ante los tribunales. Tenemos la impresión de que la principal preocupación de la compañía aérea es disuadir a sus
pasajeros y evitar que reclamen lo que les corresponde, obstaculizando el procedimiento en todo lo posible", ha subrayado Marc.