La causa contra el exdirector financiero de Imelsa se archiva porque los contratos menores de 50.000 euros no estaban sometidos a ningún control
VALÈNCIA, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de Instrucción número 9 de València ha decidido procesar al exgerente de Imelsa, el autoproclamado 'yonki del dinero', Marcos Benavent, y un empresario por los delitos de estafa, falsedad y malversación por irregularidades en un contrato de 60.000 euros de renovación de alumbrado público en la localidad valenciana de Llutxent, dinero que recibió el empresario aunque los trabajos no se realizaron.
El magistrado ha decidido archivar la causa contra el ex director financiero de Imelsa José Enrique Montblanch al no existir indicios suficientes para incluirle entre los imputados ya que los contratos menores de 50.000 euros no estaban sometidos a ningún control por parte de la entonces empresa pública dependiente de la Diputación de València.
Así consta en un auto del juzgado, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el que se acuerda continuar la tramitación de las diligencias por los trámites del procedimiento abreviado contra Benavent y el empresario por si los hechos por los que se investiga a Benavent y al empresario pudiera ser constitutivo de estafa, falsedad en documento privado y malversación de fondos públicos.
Según el instructor, existen indicios racionales para pensar que el empresario y Benavent "por medio de intermediarios o de cualquier otro modo, pudieron convenir en llevar a cabo la falsa operación comercial con el fin de obtener fácilmente un beneficio económico costa del dinero público", que quedó abortado cuando Hacienda pidió detalles de la operación.
Según se deduce de las diligencias practicadas en esta causa, se presentó a la entonces Imelsa en enero de 2013 un proyecto de renovación del alumbrado en Llutxent por 60.445 euros (IVA incluido) por un presunto intermediario entre la Diputación y la empresa.
Las facturas se emitieron en noviembre de 2012 y se abonaron por tres pagarés. Posteriormente, sin que consten más datos de lo sucedido en el intermedio, en enero de 2014 Imelsa recibió un requerimiento de Hacienda sobre información de este caso y las relaciones comerciales en 2012 entre el empresario y la empresa pública, que permitió comprobar la inexistencia de "ningún soporte documental relativo al proyecto, a los supuestos trabajos facturados ni a cualquier cuestión relacionada con ello".
El empresario reconoció entonces la recepción del dinero sin contraprestación alguna y garantizó la deuda como administrador único de la mercantil de forma personal, y se comprometió a su devolución con intereses, para lo que suscribió un documento con el propio Benavent. El pasado mes de julio se realizó la última entrega, el 22 plazo, a cuenta del total reconocido y pactado.
En la vía penal, el juzgado sobreseyó la causa en febrero de 2016, decisión que fue recurrida ante la Audiencia, que ordenó continuarla y realizar más diligencias. La denuncia inicial se amplió en ese momento a Benavent y a otro director financiero de Imelsa, José Enrique Montblanch.
SIN PROTOCOLOS DE CONTROL
El juzgado destaca que en el interrogatorio tanto a este último como al actual encargado de ese área en Divalterra, sustituta de Imelsa, ambos reconocieron que en operaciones de un importe inferior a 50.000 euros --que sería el caso al excluirse el IVA-- "no existe ningún tipo de protocolos ni seguimientos ni requisito alguno salvo la aportación de facturas iguales o inferiores a dicha cantidad" ni tampoco hay persona encargada del seguimiento de la operación, ni documentación ni comprobación, una "falta de control" que continúa en la actualidad "algo que ciertamente resulta poco comprensible".
Por ello, señala el juzgado que en 2012 cuando se produce la operación, con la presentación del presupuesto o la factura de las obras, se obtiene el pago sin contar con más limitaciones que las que el gerente pudiera considerar y bastaría esa falta de competencia en el protocolo de los directores financieros para eximirles de cualquier responsabilidad en esta operación. Y sería el director gerente, el consejo de administración o el consejero delegado la única persona autorizada para ello.
Así, indica que la práctica de pago de los contratos menores sin IVA --en la que basta para la aprobación la mera presentación de factura a la que sigue la autorización del pago-- "no parece la más transparente ni la más beneficiosa" para la administración pública de cuyos fondos se ha nutrido Imelsa y se nutre hoy Divalterra.