VALNCIA 16 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Coordinadora Valenciana de ONGD ha recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) la sentencia de las piezas 2 y 3 del conocido como caso Cooperación al ver probado el grupo criminal en torno al exconseller de Solidaridad Rafael Blasco y al no estar motivadas las circunstancias atenuantes.
Así lo ha indicado la Coordinadora --acusación popular-- en un comunicado, en relación a la sentencia de la Audiencia que condenó a Blasco, al empresario Augusto César Tauroni y a otros 19 de los 24 implicados en la trama corrupta a un total de 35 años y seis meses de prisión.
En estas dos piezas se juzgó el desvío por parte de los condenados de fondos destinados a proyectos de cooperación con más de una decena de países empobrecidos. Con las penas impuestas, la Coordinadora ha lamentado que la mayoría de los acusados no tendrá que pisar la cárcel.
El recurso de la acusación se centra en dos aspectos fundamentales. Por un lado, en la absolución de Blasco, de Tauroni, del funcionario Marc Llinares y del jefe de una empresa evaluadora de proyectos de cooperación del delito de asociación ilícita o pertenencia a grupo criminal.
A su juicio, durante la vista se presentaron "abundantes" pruebas de que los acusados "actuaron de forma concertada, con un plan delictivo común y con una estructura duradera". Por este delito, la acusación popular pedía entre dos y cuatro años de cárcel para Blasco, Tauroni y Llinares.
Por otro lado, considera que se han aplicado indebidamente los atenuantes de confesión tardía, reparación del daño y dilaciones indebidas, porque no concurren las causas para su aplicación: la mayoría de los condenados se negó a declarar en el acto del juicio, han devuelto una ínfima parte del dinero robado, y los retrasos han sido debidos a los recursos que han interpuesto a cada paso las propias defensas de los condenados.
En este sentido, la Coordinadora alega que la sentencia recurrida ni justifica, ni clarifica, ni explica, ni motiva ninguna de las circunstancias atenuantes, contraviniendo innumerable jurisprudencia sobre esta cuestión. La Sala, concluye la Coordinadora, se limitó en su sentencia a aplicar los atenuantes "sin fundamento alguno".
Esa "falta de razonamiento" de la sentencia se alega también respecto a la motivación de las penas impuestas a cada uno de los acusados. A pesar de reconocer probados los delitos de malversación, prevaricación, fraude en subvenciones y falsedad documental, entre otros, la Audiencia condenó al exconseller Blasco a un año de prisión de los 16 que pedía la acusación popular, mientras que Tauroni fue condenado a dos años de los 22 que se solicitaban, y Marc Llinares a dos años y nueve meses de los 14 que le podrían haber correspondido.
La Coordinadora Valenciana de ONGD recuerda que la sentencia de la Audiencia Provincial de Valncia detalla cómo los condenados en la trama corrupta trampeaban los procedimientos para adjudicar proyectos de cooperación a falsas ONGD y, a través de, al menos, 27 empresas radicadas en España y EEUU, a las que los testaferros de Tauroni desviaban el dinero de las subvenciones públicas para cooperación.
"Ha sido una de las tramas más inmorales a las que nos hemos enfrentado en los últimos años, porque se aprovecharon del sufrimiento de miles de personas que necesitaban ayuda humanitaria para enriquecerse personalmente. Por eso seguimos luchando después de 10 años, para defender la dignidad de la cooperación y para lograr la devolución de los fondos defraudados. No podemos permitirnos que se dé esta sensación de impunidad ante delitos tan graves como los que se han probado", ha indicado la presidenta de la Coordinadora, Lourdes Mirón.