El PP y Acción Cívica renuncian a recurrir la absolución de Rodríguez y los otros 13 acusados en Alquería

El expresidente socialista de la Diputación de Valencia Jorge Rodríguez, llega acompañado de su asesor Ricard Gallego, a la Audiencia de Valencia para recoger su sentencia absolutoria
El expresidente socialista de la Diputación de Valencia Jorge Rodríguez, llega acompañado de su asesor Ricard Gallego, a la Audiencia de Valencia para recoger su sentencia absolutoria - ROBER SOLSONA
Publicado: jueves, 1 junio 2023 14:15

VALNCIA 1 Jun. (EUROPA PRESS) -

El PP y Acción Cívica, que han ejercido la acusación popular en el conocido como 'caso Alquería', han renunciado a recurrir la absolución del expresidente de la Diputación de Valencia por el PSPV y actual alcalde de Ontinyent por La Vall ens Uneix, Jorge Rodríguez, y de los otros 13 acusados en este procedimiento.

Este martes se dio a conocer la resolución de la sección primera de la Audiencia de Valencia que ha absuelto a los acusados de Alquería en relación con las contrataciones de altos directivos en la empresa pública Divalterra entre 2015 y 2018 para supuestamente favorecer a personas afines a PSPV y Compromís.

Tras conocerse el fallo, el PP y Acción Cívica descartan presentar algún tipo de recurso al ver técnicamente fundada la sentencia, mientras que la Fiscalía Anticorrupción todavía no ha podido estudiar el escrito, según han confirmado a Europa Press fuentes conocedoras de todas estas decisiones.

El proceso arrancó con una denuncia de Fiscalía Anticorrupción, tras denuncias previas de dos exdirectivos de la empresa pública dependiente de la Diputación y ya liquidada.

En total, en este procedimiento se ha juzgado a 14 personas, entre ellos Rodríguez, quien siempre mantuvo que era inocente y que en estos comicios del 28 de mayo, dos días antes de conocerse el fallo --el juicio acabó en noviembre--, ha obtenido mayoría absoluta en la localidad en la que repetirá como alcalde, con 12 concejales, y tiene en su mano la llave para decantar el gobierno de la Diputación de Valencia que en su día dirigió.

Sobre esta cuestión, Rodríguez ha hecho notar que actualmente tienen "un problema de desconfianza" con ambas partes (PSPV y PP) sobre el gobierno de la Diputación y están en una fase de "reconciliación": "Unos no nos quisieron y no nos trataron bien --en alusión a su baja del PSPV-- y otros nos pedían ocho años de cárcel, es complicado".

PEDÍAN OCHO AÑOS DE CÁRCEL

Rodríguez se enfrentaba a la pena de ocho años de prisión, tal y como le reclamaban las acusaciones --Fiscalía, Acción Cívica y PP--, mientras que su defensa pedía la absolución. Las acusaciones también solicitaban ocho años de cárcel para el que fuera su jefe de gabinete, Ricard Gallego; para el asesor Manuel Reguart (ambos por cooperación necesaria) y para los dos exgerentes de Divalterra (antigua Imelsa), Agustina Brines (por Compromís) y José Ramón Tiller (por el PSPV) por prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial, todos ellos absueltos.

Además, el fiscal pedía para las siete personas contratadas como cargos de alta dirección seis años de prisión: uno por falsedad documental y cinco más por malversación de caudales por cooperación necesaria; y otros seis para el letrado-asesor de Divalterra, Jorge Cuerda, y otro gerente, Xavier Simón, por falsedad, malversación y prevaricación.

La Audiencia ha concluido que no ha resultado acreditado que Divalterra resultase perjudicada económicamente por el nuevo modelo de gestión implantado en la empresa pública, sino que la nueva estructura de la sociedad "permitió ampliar significativamente su actividad sin que lo hiciera su presupuesto".

La sentencia refleja que no medió concurso público alguno para cubrir las direcciones de área y los contratos cuestionados así como que la selección de los contratados, sin perjuicio de la exigencia de formación y profesionalidad, "se hizo entre personas conocidas y afines ideológicamente con los partidos que habían alcanzado el llamado 'Pacto del Botánico'".

Sin embargo, considera que no puede tenerse por acreditado que esa nueva estructura "obedeciera a la necesidad o voluntad de contratar a determinadas personas, como una forma de pagar favores o conceder prebendas".

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