El TS confirma prisión permanente revisable para un hombre que mató a cuchilladas a sus padres y su hermano en Alicante

Archivo - Un instante del juicio del acusado de matar a sus padres y hermanos a puñaladas en Juan XXIII
Archivo - Un instante del juicio del acusado de matar a sus padres y hermanos a puñaladas en Juan XXIII - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: martes, 31 mayo 2022 14:06

ALICANTE 31 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a prisión permanente revisable impuesta a un hombre que asesinó a cuchilladas a sus padres y a su hermano el 13 de septiembre de 2018 en el barrio de Juan XXIII en Alicante. El tribunal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia recurrida.

El alto tribunal destaca en la sentencia que "se trata de un acto de una crueldad absoluta en el que concurren circunstancias especiales que avalan la perversidad del acto de matar el recurrente a su hermano, a su padre y a su madre en un contexto de control de su conciencia y voluntad a la hora de ejecutar los crímenes".

Tras el veredicto de culpabilidad de un jurado popular, la Audiencia Provincial de Alicante condenó al acusado a la pena de 22 años, seis meses y un día de prisión y accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena por la muerte del hermano; a otros 21 y accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena por la muerte de su padre y a la pena de prisión permanente revisable y accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena por el crimen de su madre.

La sentencia fue recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Valencia. En los hechos probados, consta que primero acabó con la vida de su hermano, de 42 años, al que asestó múltiples cuchilladas en distintas partes de su cuerpo con intención de acabar con su vida, provocando su muerte a causa de las graves heridas sufridas.

Ante el ataque, la víctima se encerró en su cuarto, pero el asesino desmontó la cerradura y acabó accediendo acabando con su vida con varias puñaladas en el corazón, con lo que también apreció ensañamiento.

Acto seguido, esperó a su padre, de 71 años, al que también propinó múltiples cuchilladas que causaron graves lesiones y provocaron su muerte. Más tarde aguardó la llegada de su madre, de 69 años, y cuando ésta llegó a la vivienda le propinó múltiples cuchilladas que provocaron graves lesiones que causaron su muerte.

El tribunal indica que, pese al alegato de inimputabilidad del recurrente, el jurado rechazó esta circunstancia en base a la prueba practicada, entendiendo que cometió los hechos con plena conciencia y voluntad de lo que hacía, lo que fue validado por el TSJCV y ahora por el TS.

Además, recoge en la sentencia que en la inspección ocular hay fotografías que reflejan el intento de limpieza de la escena del crimen; que comió, ya que encontraron sangre en la nevera; dobló la ropa, como ejemplo de sangre fría y que tenía la previsión de esperar a que llegaran su padre y madre para matarlos uno a uno.

Respecto de la muerte de la madre, el jurado entendió que se podía apreciar que tenía lucidez, ya que tuvo la capacidad de tener previsión de esperarla para darle muerte, tras haber cometido los dos asesinatos anteriores.

Sobre el ensañamiento en la muerte de su hermano, del informe forense se desprende que recibió, "en un abordaje rápido, 36 cuchilladas, de ellas 5 en región craneal, 10 en región torácico abdominal, 12 en extremidades y 9 en región posterior, además de mostrar diversas lesiones erosivas no penetrantes".

"Existen 36 puñaladas, recibidas todas ellas en vida, siendo sólo mortales las dos últimas, e innecesarias para lograr ese propósito, aunque inferidas con vocación de alargar el sufrimiento las 34 primeras", agrega.

"El dolo destacado en el ataque a su hermano es el de matar a la víctima, pero haciéndola sufrir hasta el final con dolores innecesarios, y así se describió en un ataque al mismo desaforado al punto de desmontar el acceso a la habitación para acabar con su vida al haberse introducido su hermano en el dormitorio para intentar evitar que le matara, pero lejos de ello el informe policial evidencia que desmontó la cerradura para acceder y matarle", concluye el fallo.

Asimismo, incide el TS en que mató a sus familiares "en el lugar donde más protegidos se encuentran que es en el hogar", y que, en este caso concreto, donde el recurrente mató a sus tres familiares más directos se convirtió en el "lugar más inseguro".

ALEVOSÍA

En cuanto a la existencia de la alevosía en la forma de perpetrar los crímenes señala el TS que "esta modalidad de alevosía 'doméstica' está basada en la relación de confianza proveniente de la convivencia, generadora para la víctima de su total despreocupación respecto de un eventual ataque".

También hace referencia a la "relajación de los recursos defensivos como consecuencia de la imprevisibilidad de un ataque protagonizado por la persona con la que la víctima convive día a día".

Del relato de hechos probados se muestra un escenario de "aseguramiento de los tres crímenes" y de "total indefensión en la forma ejecutiva mediante el empleo de un cuchillo, además de la propia crueldad de acabar con la vida de personas que en condiciones normales son los primeros que el ser humano debería proteger y tutelar, como son padres y hermanos, a quienes, sin embargo, y lejos de esta regla de la naturaleza, el recurrente no solo no protegió, sino que hizo lo posible para acabar con su vida de la forma y manera más despiadada posible".

Asimismo, se desprende que ninguna de las víctimas se pudo defender en modo alguno, lo que evidencia la patente indefensión sufrida y el ataque sorpresivo y con aseguramiento con empleo de arma mortal y sin que las víctimas pudieran hacer nada para evitarlo".

"ACTO ANTINATURA"

En tal sentido, la acción desplegada por el recurrente constituye, pues, "un auténtico acto antinatura" de acabar con la vida de los tres miembros más próximos de su familia, como son su padre, madre y hermano, a los que, lejos de realizar los execrables actos que llevó a cabo, debía tutelar y proteger. "Pero, muy al contrario, los mata a sangre fría y de la despiadada forma que se describe en los hechos probados", agrega.

Del mismo modo, explica que rechaza la inimputabilidad, al igual que las anteriores sentencias, porque "todo el desarrollo del escenario descrito puede también contemplarse desde la mera maldad que existe en algunos seres humanos que les lleva a cometer actos tan crueles como los de acabar con la vida de las personas de su propio núcleo familiar".