Archivo - El expresidente de la Generalitat y exministro, Eduardo Zaplana, en imagen de archivo
Archivo - El expresidente de la Generalitat y exministro, Eduardo Zaplana, en imagen de archivo - Rober Solsona - Europa Press - Archivo
Actualizado: martes, 15 octubre 2024 14:47

La sala sostiene que logró el dinero usando su condición de político, que le reportó "importantes ingresos" fuera de su sueldo oficial

VALÈNCIA, 15 (EUROPA PRESS)

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a penas que suman 10 años y cinco meses de prisión al expresidente de la Generalitat Valenciana y exministro 'popular' Eduardo Zaplana por el denominado caso Erial, tras declarar probado que percibió comisiones por la adjudicación entre 1997 y 2003 de estaciones de ITV de la Comunitat Valenciana y las canalizó a través de una compleja estructura societaria tanto en España como en países como Panamá o Luxemburgo y con cuentas en Andorra.

El tribunal le declara autor de los delitos de prevaricación, cohecho, falsedad documental y blanqueo de capitales y le impone también un total de 17 años y 10 meses de inhabilitación para empleo o cargo público, tres años de inhabilitación para el ejercicio de su profesión y multas que en total superan los 25 millones de euros. Le absuelve en cambio del delito de grupo criminal. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

La sala llega a la "ineludible conclusión" de que el dinero obtenido por Zaplana --en concreto en referencia a las cuentas de Andorra-- lo fue "haciendo uso de su condición de político, que le brindaba información relevante en distintos campos, conocimiento de personas también relevantes en el mundo empresarial y financiero y en definitiva, un destacado papel político primero en el ámbito autonómico y después en el nacional, lo que le reportó importantes ingresos de dinero, al margen de sus emolumentos oficiales".

De hecho, señala que Zaplana tenía la condición de político en activo cuando ingresó este dinero en Andorra --entró del 17 de febrero de 2004 al 9 de marzo de 2007-- y abandonó la política el 30 de abril de 2008. Así, concluye que este dinero "no podía proceder de su salario como político, dadas las cuantías", según consta en la sentencia.

El fallo, que consta de 364 páginas y se ha hecho público este martes, impone penas de entre un año y tres meses y cinco años de prisión a otros seis acusados en el mismo procedimiento, mientras que absuelve a los ocho encausados restantes, entre los que figura otro expresidente del Gobierno valenciano, José Luis Olivas, en este caso, que había sido acusado por los parques eólicos.

Los condenados junto a Eduardo Zaplana son el abogado y asesor fiscal Francisco Grau; el antiguo jefe de gabinete en la Presidencia de la Generalitat Juan Francisco García; el amigo y testaferro del expresidente Joaquín Miguel Barceló, y los empresarios Juan y Vicente Cotino --sobrinos del que fue expresidente de Les corts y ex director general de la Policía, Juan Cotino, que estuvo investigado en la causa hasta su fallecimiento-- y Francisco Pérez.

Al primero de ellos (Grau) los magistrados le condenan a cinco años de prisión y multa de 20 millones de euros por un delito de blanqueo de capitales --su mujer está absuelta como partícipe a título lucrativo de este delito-- mientras que a Juan Francisco García le imponen dos años y 11 meses, inhabilitación y multas por prevaricación, cohecho, falsedad y blanqueo, tras apreciar la concurrencia de la atenuante de confesión como muy cualificada. A su mujer, la sala la condena como partícipe a título lucrativo del delito de blanqueo de capitales.

Por su parte, el empresario José Cotino ha sido condenado a dos años y a multa por un delito de cohecho y su hermano Vicente, a tres años y cinco meses por ese delito, junto con los de falsedad y blanqueo. La Audiencia ha impuesto un año y tres meses de prisión por blanqueo a Joaquín Miguel Barceló y un año y seis meses de cárcel a Francisco Pérez.

En el caso de Barceló, Juan Francisco García y los hermanos Cotino, la sala ha tenido en cuenta la atenuante analógica de confesión como "muy cualificada", dada la confesión efectuada y el reconocimiento de los hechos en el juicio oral, que supuso una "efectiva colaboración" con la administración de justicia. Esta confesión permitió que la vista se "aligerara considerablemente", favoreció lograr el esclarecimiento de los hechos y facilitó "de modo relevante" el enjuiciamiento.

Los absueltos son, además de Olivas, la exdiputada 'popular' Elvira Suanzes y su hermano Saturnino; la secretaria del exministro, Mitsouko Henríquez; los empresarios y conocidos de Zaplana como Ángel Salas; Robert Edgar Bataouche; Pedro Romero y Carlos Gutiérrez. Igualmente, absuelve a las personas jurídicas

El tribunal considera probado que Eduardo Zaplana cobró comisiones por las adjudicaciones de estaciones de ITV entre finales de los años 90 y principios de los 2000 merced a los pactos que había suscrito con Juan Cotino.

Igualmente, la Sala declara probado en su resolución que el expresidente de la Generalitat diseñó con la ayuda de varios colaboradores o se aprovechó de una compleja estructura societaria para canalizar los fondos recibidos, tanto en España como en países como Panamá o Luxemburgo, al igual que utilizó para ello cuentas bancarias abiertas en Andorra.

Según se recoge en la sentencia, existió en cuatro sociedades "una unidad de acción y dirección" merced a la cual fueron utilizadas por Zaplana y otros dos acusados "de una manera coordinada" con el propósito finalista de permitir la repatriación y uso de fondos provenientes de otra mercantil, Imison Internacional SA, "pero velando siempre la verdadera titularidad de los mismos".

TITULAR REAL

El expresidente de la Generalitat era el "titular real o último beneficiario" de esos fondos con los que, utilizando otras sociedades, efectuó disposiciones en efectivo o inversiones inmobiliarias, tal y como apuntan los magistrados.

En cambio, respecto a la adjudicación por lotes de los parques eólicos de la Comunitat Valenciana, los magistrados no aprecian pruebas incriminatorias suficientes que permitan afirmar que Zaplana y Juan Francisco García intervinieran en el trámite administrativo del proceso de adjudicación a cambio de una contraprestación económica para satisfacer a Vicente y José Cotino.

COMISO DE BIENES

En su resolución, la sala acuerda el comiso de bienes titularidad del exministro, entre ellos 6.734.026 euros, transferidos a la Oficina de Gestión y de recuperación de Activos procedentes de las cuentas que tenía en Suiza, tituladas formalmente por otra persona; 126.651, 32.242 euros y 205.585 de cuentas corrientes y depósitos en España; un Audi Q7; 50.000 euros en efectivo ocupados en el registro en el despacho de su secretaria y 18.000 intervenidos en su vivienda de Madrid.

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