MADRID, 10 Feb. (EUROPA PRESS) -
El presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Ángel María Villar, tendrá que declarar el próximo 22 de abril, fecha de las elecciones a la presidencia de dicho organismo, en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 8 de Majadahonda (Madrid) por el presunto incumplimiento de contrato con la empresa Seyer Gestión SL, al ignorar una oferta de 6,6 millones por la Liga femenina de fútbol.
El juicio por la demanda que Seyer Gestión presentó contra la RFEF por presunto incumplimiento de contrato, porque habría ignorado cinco años de trabajo y una oferta de 6.600.000 euros por los derechos de las competiciones nacionales de fútbol femenino, se celebrará definitivamente el próximo 22 de abril y no este jueves 11 de febrero, como estaba previsto después de un anterior aplazamiento.
Con esta decisión, la juez de 1ª Instancia e Instrucción nº 8 de Majadahonda, Véronica Ezcurra, da una última oportunidad al presidente de la RFEF de acudir al mismo y le recuerda que "comparece en calidad de demandado", así como le apercibió de que, en caso de no comparecer, a este tercer llamamiento "se le podrán tener por reconocidos los hechos en los que hubiere participado" al margen de imponerle una multa.
Villar, máximo responsable de la RFEF en los últimos 28 años y candidato a la reelección en los comicios que, en principio, están fijados precisamente para el próximo 22 de abril, manifestó en una carta enviada a la jueza el pasado 25 de enero su imposibilidad de acudir al juicio el 11 de febrero por coincidir en fechas con el Campeonato de Europa de fútbol sala, que se disputa en Belgrado.
Villar insiste en que su declaración difícilmente podrá ayudar a esclarecer los hechos, ya que el conocimiento que pueda tener de las relaciones con Seyer Gestión viene dado de lo que el secretario general, Jorge Pérez, y el presidente de la Federación Madrileña y responsable del fútbol femenino en la RFEF, Vicente Temprado, le hayan indicado.
"Por tanto, al encontrarse los mismos dentro de las declaraciones testificales a practicar, entiendo perfectamente cubierto el parecer de la RFEF sobre las preguntas que tengan a bien plantear desde la representación procesal de Seyer", señala Villar.
DESESTIMADAS LAS MEDIDAS CAUTELARES
Asimismo, fue desestimada la petición de la RFEF de medidas cautelares
con respecto a la celebración del juicio. "Desde la presentación de la demanda en el primer semestre del pasado año, Seyer Gestión SL, no solo por su condición de demandante, sino también como consultora que tiene en la comunicación uno de sus pilares, ha evitado cualquier tipo de intrepretación que pudiera considerarse partidista. Para ejercer su derecho y el de los demás medios a la veraz información, Seyer Gestión ha planteado radical oposición al intento de silenciar hechos que afectan directamente al fútbol femenino y que tienen un interés público manifiesto para el deporte en general", indica en una nota la consultora.
Para Seyer Gestión, esta forma de actuar evidencia el "oscurantismo sistemático" y la "falta de fluidez informativa" que, sobre este asunto, ha caracterizado el comportamiento de la RFEF en los últimos años. "Posiblemente esta falta de costumbre y la convicción de que la forma de actuar que emana de la RFEF es la correcta y única admitida, llevó a la demandada a solicitar a la jueza una serie de medidas cautelares que el sentido común dicta como fuera de lugar, salvo que se tenga algo que esconder, en una demanda civil por incumplimiento de contrato", explica.
Este hecho no causó sorpresa a Seyer Gestión, ya que la primera respuesta recibida por parte de la secretaría general a la presentación de la oferta de 6,6 millones de euros por los derechos del fútbol femenino fue: "De esto, que bajo ningún concepto se enteren ni los clubes ni las jugadoras".
Por ello, la RFEF solicitó a la jueza "que proceda a advertir bajo apercibimiento de sanción económica a Seyer Gestión para que cese en cualquier publicación, difusión o divulgación de cuanto acontezca en el desarrollo de la próxima vista".
Posteriormente, amplió su petición solicitando la celebración de vista a puerta cerrada, pero la jueza dictó en su auto de 9 de febrero que en este caso no se dan las circunstancias que justifican la adopción de tales medidas cautelares.