La RFETM cree que la Audiencia Nacional vierte "serias dudas" a sus elecciones presidenciales de 2021

Competición de tenis de mesa en el Pabellón Municipal Camilo Cano.
Competición de tenis de mesa en el Pabellón Municipal Camilo Cano. - RFETM
Publicado: viernes, 27 octubre 2023 22:24

MADRID, 27 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Real Federación Española de Tenis de Mesa (RFETM) indicó este viernes que una sentencia de la Audiencia Nacional (AN) "plantea serias dudas" sobre sus últimas elecciones presidenciales, celebradas en junio de 2021, tras haber estimado un recurso de apelación interpuesto por 28 federados que no fueron incluidos en el censo del voto por correo.

Así lo expresó la RFETM en una nota de prensa, a raíz de que la Sala Sexta de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional le notificase el pasado jueves dicha sentencia, habiendo estimado la apelación hecha contra una decisión de la Junta Electoral en el curso de aquellos comicios.

Esa estimación ordenó a la RFETM, según recordó la nota, "a retrotraer el procedimiento electoral al momento anterior a la aprobación del censo especial de voto no presencial", imponiendo "las costas de la primera instancia a la Administración demandada (Ministerio de Cultura y Deporte) y a la federación".

Por tanto, las elecciones donde Miguel Ángel Machado fue reelegido en su cargo presidencial vulneró el derecho de 269 electores, acorde a este fallo de la AN. "Tras un análisis preliminar de la sentencia, la Federación no está conforme con el sentido del fallo, contrario a lo que en su día resolvió la Junta Electoral", precisó la RFETM.

En este sentido, la nota de prensa añadió que lo resuelto por la Junta Electoral había sido "refrendado después por el Tribunal Administrativo del Deporte, y que, finalmente, también acogió favorablemente para la Federación el Juzgado Central n 3 de lo Contencioso Administrativo de Madrid, contra cuya sentencia se interpuso la apelación que ahora se estima".

Así, la RFETM consideró que "el fallo de la Audiencia, como mínimo, plantea serias dudas en cuanto a su ejecución, pues, según éste, los recurrentes, 24 deportistas, 2 técnicos y 2 árbitros, habrían de ser incluidos en el censo especial del voto por correo de cada uno de sus estamentos, sin que quede claro si ha de retrotraerse o no el proceso también para el resto de los estamentos: clubes de élite, clubes de la circunscripción nacional, clubes de las federaciones autonómicas con circunscripción propia, cupo de deportistas de élite y cupo de técnicos de élite".

"El número de miembros de la Asamblea que se eligen en los tres estamentos a los que pertenecen los recurrentes son 10 en deportistas, 6 en técnicos y 4 en árbitros; es decir, un total de 20, correspondiendo los 49 restantes hasta los 69 miembros de que consta la Asamblea General al resto de estamentos y cupos", subrayó el texto de prensa.

"En cualquier caso, los servicios jurídicos de la Federación ya estudian la sentencia, ante la que cabe recurso de Casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días, y, así mismo, se ha dado traslado de la misma a la Junta Electoral federativa, por afectarle el fallo", agregó la nota de la RFETM.

"En los próximos días se convocará a la Junta Directiva para, a partir de los informes jurídicos y de la Junta Electoral, decidir si se presenta recurso contra la misma y adoptar las medidas que se estimen oportunas con el fin de garantizar el normal desarrollo de toda la actividad federativa hasta tanto la sentencia fuera ejecutiva", siguió la nota.

Por último, la RFETM avisó de que ello "pudiera no llegar a tener lugar si el Gobierno publica la nueva Orden que regula los procesos electorales antes de final de año, tal y como está previsto y se ha anunciado, pues en el proyecto de la nueva Orden, cuyo trámite se encuentra en estado avanzado, contempla la posibilidad de que las federaciones convoquen las elecciones en cualquier fecha del año, sin tener que esperar a la finalización de los Juegos Olímpicos".

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