MADRID, 27 Ago. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha inhabilitado al presidente de la Real Federación Española de Voleibol (RFEVB), Agustín Martín, durante ocho meses por presuntas infracciones en su cargo, ha adelantado este martes el portal jurídico IUSPORT.
Según una resolución fechada el 2 de agosto y a la que también ha tenido acceso Europa Press, el TAD acordó la inhabilitación por un periodo de ocho meses del mandatario, percibiendo además dolo en la actuación del presidente. En junio, el TAD abrió un expediente disciplinario por la presunta comisión de 19 infracciones muy graves durante el periodo 2021-24.
Así, sanciona con dos meses de inhabilitación para ocupar cargos en cualquier federación deportiva por la comisión de la infracción "muy grave" prevista en el del artículo 76. 2 a) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte "por la falta de sometimiento a debate y votación de los acuerdos descritos en la Asamblea General de la RFEVB de 23 de mayo de 2021", así como otros dos por hacer lo propio en cada una de las sesiones de la misma del 19 de diciembre del mismo año, del 18 de diciembre de 2022 y del 17 de diciembre de 2023.
La resolución es definitiva en vía administrativa, y contra ella podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses desde su notificación.
El dirigente salmantino llegó a la presidencia de la RFEVB en el año 2000, y en 2020 fue reelegido por sexta vez para presidir la federación en unas elecciones en las que se impuso a la presidenta de la Federación Catalana de Voleibol, Maribel Zamora.
Posteriormente, Martín expresó su "absoluto desacuerdo" con la resolución del TAD, que considera "injusta" y que ya ha recurrido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. "Espero que todo se solucione y que la justicia ordinaria ponga las cosas en su sitio, corrigiendo esta injusta decisión del TAD", indicó Martín en un comunicado emitido por la RFEVB.
La RFEVB manifiesta además que en todas las reuniones citadas, ninguno de los temas o preceptos mencionados "fue objeto de enmiendas por parte de ningún miembro de la Asamblea General", por lo que, "cumpliendo escrupulosamente el artículo anterior, el presidente los consideró públicamente aprobados sin ser objeto de debate particularizado".
Por otra parte, señala que un Juzgado de Madrid había "declarado nulos los acuerdos asamblearios adoptados al amparo del artículo 101 citado, en una sentencia no firme que ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial de Madrid y que ahora mismo está sub judice". "Resulta contradictorio que, estando sub judice este asunto, dos tribunales diferentes (Audiencia Provincial y TAD) estén tratando simultáneamente el mismo, lo cual podría constituir un claro caso de prejudicialidad por parte del TAD, ya que, conociendo este la situación, debería haber esperado a que la Audiencia Provincial de Madrid se pronunciara previamente", apuntó.
También asegura que nada más conocerse que el Juzgado había anulado los acuerdos asamblearios la RFEVB sometió de nuevo los asuntos a una votación ad cautelam, para que "en el caso de que, cuando haya una sentencia firme, esta no fuera favorable a los intereses de la RFEVB, los temas o preceptos mencionados ya hubieran sido debatidos y votados". "Todos los asuntos (...) fueron aprobados por una aplastante mayoría, lo que servía para testimoniar el apoyo del voleibol español a las medidas adoptadas en su día al amparo del artículo 101 mencionado", destacó.
"Agustín Martín sigue siendo presidente de la RFEVB, con los efectos que origine la sanción citada (no firme), aunque ya comunicó hace más de un año que no tenía intención de presentarse de nuevo a las elecciones a Presidente de la RFEVB", manifestó, asegurando que la Comisión Gestora podría elegir este mismo martes nuevo presidente de la misma "que ejercería hasta la rehabilitación del actual presidente o hasta la elección de un nuevo presidente una vez concluido el proceso electoral en curso".