Economía/Energía.- El Gobierno aprueba los reales decretos de transporte y distribución de electricidad

Recursos de torre de alta tensión, electricidad
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 27 diciembre 2013 14:58

MADRID, 27 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes dos reales decretos para reducir costes y aumentar el control y la eficiencia del transporte y la distribución de energía eléctrica, como parte de la reforma energética emprendida para reducir los costes del sistema y lograr un precio de la electricidad lo más competitivo posible, indica en un comunicado.

En el caso del transporte, la norma fija una metodología para remunerar la construcción, operación y el mantenimiento de las redes. El objetivo, señala, es garantizar una rentabilidad adecuada que aporte estabilidad regulatoria y reduzca los costes de financiación de la actividad de transporte.

La normativa prevé una revisión del conjunto de parámetros técnicos y económicos por periodos regulatorios de seis años de duración e introduce incentivos a la mejora de la eficacia de la gestión, la eficiencia económica y técnica del sistema y de la disponibilidad de las redes. La normativa es además homogénea para todo el territorio español.

Como novedades, Industria cita una retribución a la inversión de los activos en servicio no amortizados, en la que se considera el valor neto de los mismos y una tasa de retribución financiera referenciada a las obligaciones del Estado a diez años más 200 puntos básicos. En un primer momento, la tasa sería del 6,5%.

Se retribuirá también por operación y mantenimiento y se incluye un incentivo o penalización asociado al grado de disponibilidad de sus instalaciones. Además, se incentiva ampliar la vida de las instalaciones más allá de su vida regulatoria con el fin de reducir el coste para el sistema.

Se introducen criterios de eficiencia en la construcción, especialmente las de carácter singular, operación y mantenimiento. En cuanto al valor presentado del proyecto, se limita su posible desviación, previa auditoría, a un 25% de su valor, mientras que anteriormente se retribuía la totalidad del coste.

DISTRIBUCIÓN.

Como novedades en el decreto de distribución, se retribuirá la inversión de los activos en servicio no amortizados con criterios similares al transporte, hasta una tasa situada en la actualidad en el 6,5%, además de la operación y el mantenimiento de los activos.

Se retribuirán también los costes necesarios para ejercer la actividad de distribución como las lecturas de contadores, la contratación, la facturación de peajes de acceso y gestión de impagos, la atención telefónica a los clientes conectados a sus redes, las tasas de ocupación de la vía pública y los costes de estructura.

Además, se incluyen incentivos y penalizaciones a la mejora de la calidad de suministro, a la reducción de las pérdidas en las redes de distribución, así como un nuevo incentivo a la reducción del fraude.

CONTROL DE LA INVERSIÓN.

Por otro lado, tanto las empresas distribuidoras como las de transporte presentarán al Ministerio de Industria sus planes de inversión anuales y plurianuales para su aprobación. Además, presentarán a las comunidades autónomas afectadas el plan de actuaciones cuya autorización sea de su competencia.

La Secretaría de Estado de Energía, previo informe de la CNMC, determinará el volumen máximo de inversión autorizado anualmente a cada empresa. La inversión anual autorizada tendrá un límite máximo global del 0,065% del PIB para el transporte y del 0,013% del PIB para la distribución.

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