MADRID, 26 Mar. (EUROPA PRESS) -
Asufin considera que el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) sobre ejecuciones hipotecarias "no termina de resolver las dudas" sobre las consecuencias de la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, mientras que Adicae sostiene que es "claro y absoluto".
Este martes el tribunal de Luxemburgo ha avalado la jurisprudencia utilizada por el Tribunal Supremo en materia de ejecuciones hipotecarias, que permite continuar con un desahucio si se sustituye una cláusula abusiva que contemplaba el inicio del mismo con un solo impago por otra que eleva el número mínimo de cuotas impagadas.
El fallo establece que la legislación europea se opone a que una cláusula de vencimiento anticipado de un contrato de préstamo hipotecario declarada abusiva "sea conservada parcialmente mediante la supresión de los elementos que la hacen abusiva", aunque avala que un juez nacional sustituya la cláusula por una disposición de la legislación nacional "siempre que el contrato de préstamo hipotecario en cuestión no pueda subsistir en caso de supresión de la citada cláusula abusiva y la anulación del contrato en su conjunto exponga al consumidor a consecuencias especialmente perjudiciales".
El TUE señala, en cualquier caso, que corresponde a los tribunales nacionales la tarea de examinar si la anulación de las hipotecas "expondría a los consumidores en cuestión a consecuencias especialmente perjudiciales".
Sobre este pronunciamiento, la presidenta de Asufin, Patricia Suárez, opina que no termina de resolver las dudas, "aunque deje claro que la nulidad de una cláusula será total o no será".
DECISIÓN NACIONAL
Desde la asociación recalcan que serán los jueces nacionales los que decidan si el contrato puede subsistir una vez anulada la cláusula, en cuyo caso el procedimiento de ejecución hipotecaria seguiría adelante, o se archivaría si decide lo contrario.
"Nos esperan meses de resoluciones judiciales para ver cómo los jueces interpretan esta sentencia y aún nos queda conocer la opinión del Tribunal Supremo para fijar doctrina", ha advertido la presidenta de Asufin.
Sin embargo, Adicae considera que el pronunciamiento del TUE "es claro y absoluto en determinar que la cláusula del vencimiento anticipado es nula y que hay que quitarla del contrato", por lo que "se tiene por no puesta y no se puede aplicar".
En opinión de Adicae, eso comporta que las 100.000 ejecuciones vivas que hay hasta finales de 2018 "deben archivarse", de las cuales 17.000 están suspendidas.
Aunque la sentencia añade que si el tribunal nacional estima que el contrato puede subsistir sin la cláusula declarada nula esta se elimina y señala como excepción que si el consumidor considera que el procedimiento de ejecución hipotecaria le sería más beneficioso pueda solicitar su aplicación, Adicae considera "de manera indiscutible" que la hipoteca puede continuar sin la cláusula de vencimiento anticipado. "La obligación de pago/reembolso se mantiene y el banco puede reclamar el pago de cuotas vencidas y no abonadas por el cauce ordinario", asegura.
Además, la asociación sostiene que el procedimiento de reclamación ordinaria no es más perjudicial para el consumidor, que "puede incorporar al juicio más elementos que los previstos para la oposición a la ejecución", por lo que cuenta con más posibilidades de defensa.
Una vez analizada la sentencia, Adicae se dirigirá a las entidades para instarlas a abrir el diálogo y que los miles de hipotecados no tengan que afrontar "absurdas batallas judiciales individuales".