Critican que la JUR haya contratado de nuevo a la auditora neoyorquina para hacer el análisis definitivo
MADRID, 6 Ago. (EUROPA PRESS) -
El representante del grupo de grandes fondos tenedores de bonos de Banco Popular y socio director del despacho Quinn Emanuel, Richard East, ha asegurado estar "decepcionado pero no sorprendido" con las conclusiones del informe, criticando que "no son realistas".
Así lo ha dicho East, que representa a bonistas como Pimco, Anchorage o Algebris, después de que este lunes la Junta Única de Resolución (JUR) decidiera de forma preliminar no compensar a los accionistas ni acreedores que perdieron sus inversiones tras la resolución y posterior venta por un euro del banco entonces presidido por Emilio Saracho al Banco Santander.
"Estamos decepcionados, pero no sorprendidos, por las conclusiones del informe, que no son realistas. Revisaremos las supuestas bases utilizadas para llegar a tales conclusiones", ha aseverado el representante legal de los bonistas.
Al mismo tiempo, ha indicado que la decisión de la Unión Europea (UE) de contratar a la misma firma auditora para hacer tanto informe preliminar de hace un año y ahora el definitivo, hace "dudar" sobre la credibilidad del documento final.
"La JUR podría haber elegido cualquiera de las otras firmas auditorias para hacer el análisis en profundidad con un enfoque no contaminado", ha precisado.
Para East y los bonistas afectados, la JUR ha fallado en su deber de realizar un análisis "independiente y distinto" al haber elegido otra vez a Deloitte.
El organismo presidido por la alemana Ekle König decidió este lunes de forma preliminar, sobre la base de las conclusiones del informe 'Valoración 3', que no tiene intención de pagar una compensación a antiguos accionistas y acreedores del Banco Popular afectados por la decisión de resolución.
Concretamente, Deloitte concluyó en el documento que para los afectados no habría cabido esperar ninguna recuperación en un procedimiento de insolvencia ordinario, incluso en el escenario considerado como más optimista y, como resultado, no hay diferencia de trato en comparación con la acción de resolución.
Además, la JUR sostiene que la apertura de un procedimiento de insolvencia ordinario en junio de 2017 "habría resultado en una liquidación no planificada" que "hubiera destruido valor 'per se'". Entre los motivos que cita están un cese "abrupto" de la actividad de negocio, la pérdida de clientela, un proceso "ineficiente" de realización de activos y reclamaciones y costes adicionales "a menudo significativos".