Comité de Basilea saca a consulta los estándares para que la banca declare sus exposiciones a criptos en 2025

Archivo - El gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos.
Archivo - El gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: martes, 17 octubre 2023 19:21


MADRID, 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Comité de Basilea de Supervisión Bancaria, que preside el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, ha propuesto este martes una tabla estandarizada y una serie de plantillas para uniformizar las exposiciones de las entidades bancarias a los criptoactivos con la intención de que se implementen a partir del 1 de enero de 2025.

Los requerimientos de tales informaciones pretenden apoyar la "disciplina de mercado" y contribuir a la "reducción de la asimetría informativa" entre entidades y agentes económicos.

De esta forma, se deberían aportar informaciones cualitativas de las actividades de los bancos relacionadas con los criptoactivos, así como de tipo cuantitativo por las exposiciones a los mismos, así como las provisiones de capital y liquidez para cubrir potenciales riesgos a estos activos digitales. Asimismo, las entidades deberán proveer detalles a nivel contable sobre las exposiciones a criptoactivos y criptoobligaciones.

Según ha informado el Comité de Basilea, los agentes del mercado y los bancos podrán realizar comentarios sobre las propuestas de plantillas recogidas en el documento hasta el 31 de enero de 2024.

ANTECEDENTES

Esta consulta se enmarca en el acuerdo alcanzado en diciembre de 2022 sobre el marco prudencial que regirá el tratamiento de las exposiciones de la banca a criptoactivos. Según estas normas, los criptoactivos se dividirán en dos tipos en función de su riesgo.

Los activos tradicionales tokenizados y las 'stablecoins' con mecanismos adecuados de estabilización conformarán el "grupo 1" y sus exposiciones se basarán en el tratamiento de capital actualmente vigente en las normas de Basilea.

El resto de criptoactivos pertenecerán al 'grupo 2' y su exposición no podrá superar el 2% del capital Tier 1, el de mayor calidad, y, en todo caso, deberá ser normalmente inferior al 1%. Ciertos activos de este grupo recibirán una ponderación por riesgo del 1.250%.