El convenio colectivo del sector de cajas, que regula el teletrabajo, entra mañana en vigor

Distintivo y logo de las oficinas de Caixabank en Madrid (España) a 4 de septiembre de 2020.
Distintivo y logo de las oficinas de Caixabank en Madrid (España) a 4 de septiembre de 2020. - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 3 diciembre 2020 10:23


MADRID, 3 Dic. (EUROPA PRESS) -

El nuevo convenio colectivo del sector de cajas y entidades financieras de ahorro, que engloba a todas las entidades adheridas a CECA, entrará en vigor este viernes, tras su publicación hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La patronal CECA y los sindicatos CC.OO. Servicios, FINE y FeSMC-UGT llegaron a un acuerdo el pasado mes de octubre sobre el convenio colectivo sectorial para el periodo 2019-2023, que incorpora materias novedosas como la regulación del teletrabajo o el derecho a la desconexión digital.

Una vez registrado por la Dirección General de Trabajo, y tras ser publicado este jueves en el BOE, el convenio entrará en vigor mañana y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023. Es el convenio más largo (cinco años) desde que nació el reglamento de trabajo en 1946 y será de aplicación a los 66.000 empleados de CaixaBank, Bankia, Abanca, Unicaja Banco, Ibercaja Banco, Liberbank, Cajasur Banco, Caixa Ontinyent, Caixa Pollena, CECA y Cecabank.

El acuerdo contempla una congelación salarial entre 2019 y 2021 debido al escenario de bajos tipos de interés y un incremento en tablas del 0,75% en 2022 y el 1% en 2023, así como un pago adicional del 0,25% vinculado a dividendos/beneficios en 2022, 2023 y 2024 y otro pago adicional del 0,25% vinculado a un ROE superior al 8% en dicho periodo.

Se ha acordado un incremento de la parte fija lineal del plus de convenio hasta 517,15 euros y se suspenderá el cobro del resto de la parte variable de cada nivel durante 2021 y 2022, volviendo a percibirse en su totalidad a partir de 2023. También se reduce el peso de la antigüedad con un nuevo sistema de devengo y los trienios se remunerarán al 3% del salario base, frente al 4% actual, aunque podrían remunerase hasta el 4,2% en función del ROE de las entidades y de cada año que compone un trienio (sería un pago complementario independiente).

La jornada anual se reduce a 1.650 horas más 30 horas de formación, se concede un día más de libre disposición a partir de este año, se ofrece reducción de jornada el jueves por la tarde para el cuidado de menores, se mejora el permiso de acumulación de lactancia, se ofrece la posibilidad de fraccionar las vacaciones hasta en cuatro periodos y se crea un permiso retribuido por violencia de género de hasta tres meses.

Respecto a la desconexión digital, se reconoce el derecho a desconectar una vez finalizada la jornada, se establecen límites a las convocatorias de reuniones fuera de la jornada diaria (en todo caso serán voluntarias y no podrán finalizar más allá de las 19 horas) y se fija una franja de desconexión obligatoria entre las 19 horas y las 8 horas del siguiente día hábil.

El convenio también renueva la cláusula de empleo, con el compromiso del 95% de plantilla fija, un plazo de negociación previo a la aplicación de cualquier medida traumática y se establece que en un proceso de reestructuración se procure tender a medidas de flexibilidad interna mediante reducciones de jornada, excedencias, suspensiones y movilidades geográficas, pudiendo acordarse también la aplicación del teletrabajo para resolver problemas coyunturales o estructurales de empleo.

REGULACIÓN DEL TELETRABAJO

El convenio recoge el primer acuerdo sectorial sobre teletrabajo. En concreto, a los empleados que teletrabajen más del 30% de su jornada les corresponde un ordenador, teléfono móvil y silla ergonómica (a proporcionar por la empresa), hasta 130 euros para comprar pantalla, teclado y ratón (si no lo provee la empresa) y 55 euros mensuales para el resto de gastos generales, prorrateados el porcentaje de teletrabajo que realicen.

A aquellos que teletrabajen menos del 30% de la jornada por motivos de conciliación, les corresponde un ordenador y teléfono móvil (a proporcionar por la empresa) y la posibilidad de realizar el teletrabajo desde el lugar que decidan.

De su lado, los empleados que teletrabajen por coronavirus u otras situaciones de emergencia tienen derecho a que la empresa les proporcione un ordenador y teléfono móvil, así como a 45 euros para adquirir pantalla, teclado y ratón (si no lo provee la empresa) y a poder teletrabajar desde donde quieran.

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