Defensor del Pueblo, Banco de España y Economía trabajan en un régimen de protección por los microcréditos

La presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, recibe el Informe del Defensor del Pueblo de 2024, por parte del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, en el Congreso de los Diputados, a 25 de marzo de 2025, en Madrid (España).
La presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, recibe el Informe del Defensor del Pueblo de 2024, por parte del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, en el Congreso de los Diputados, a 25 de marzo de 2025, en Madrid (España). - Eduardo Parra - Europa Press
Publicado: martes, 25 marzo 2025 14:51

MADRID 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo está llevando a cabo actuaciones con el Banco de España y con el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa para dispensar un régimen "adecuado" de protección a los consumidores en relación a los préstamos rápidos y microcréditos.

Según su informe anual, presentado este martes en el Congreso de los Diputados, el Defensor del Pueblo es consciente de los "problemas" que puede generar, en ocasiones, los préstamos rápidos o microcréditos por sus elevados intereses o los plazos breves previstos para su devolución.

"El problema se agudiza cuando afecta a personas en situación de vulnerabilidad, que a veces caen en un sobreendeudamiento", agrega.

Por ello, el Defensor del Pueblo inició una actuación de oficio para analizar la regulación aplicable a esos productos. En el marco de ese expediente, que estaba todavía en tramitación al cierre del informe, es en el que se estaban realizando actuaciones para crear un régimen de protección.

PERSISTEN LAS QUEJAS SOBRE COMISIONES BANCARIAS

La institución recoge otros dos asuntos relacionados con la actividad bancaria y aseguradora. Por un lado, recuerda el monográfico que publicó en mayo de 2024 con una serie de recomendaciones para asegurar la inclusión financiera de personas vulnerables y zonas despobladas; por el otro, recoge las quejas de asociaciones sin ánimo de lucro sobre las "elevadas comisiones" de sus cuentas bancarias.

Sobre esta última cuestión, el Defensor del Pueblo se remitió a la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa para saber si se podía promover una modificación de la normativa y permitir la extensión del régimen de las cuentas de pago básicas a este tipo de asociaciones.

En su respuesta, la Secretaría recuerda que las tarifas de las comisiones bancarias "son libres" y que existen la cuentas de pago básicas que permiten a ciertas personas físicas la posibilidad de acceder a cuentas sin comisiones o a un coste limitado, se configuran de forma restrictiva, amparada por un interés digno de protección --el acceso a servicios financieros básicos---, como excepción a la libertad de comisiones que rige en general.

Estas cuentas no alcanzan a personas jurídicas --empresas, organizaciones-- y que incluso para las personas físicas, el derecho a una cuenta de pago básica no se configura "de una manera absoluta", sino que su régimen contempla causas de denegación que, si bien limitadas, permiten a las entidades rechazar la petición de apertura.

Así, el Defensor del Pueblo afirma en el informe que "nada obsta" a que se pueda estudiar "en profundidad" la posibilidad de dotar a las asociaciones de un régimen específico.

Sin embargo, reconoce la "enorme diversidad" de asociaciones sin fin de lucro y cree, por tanto, que sería necesario llevar a cabo un análisis "cuidadoso y prudente de la casuística y de las posibles medidas, en particular en lo que se refiere a establecer un derecho a mantener cuentas sin coste alguno".

Concluye señalando que ha cerrado el expediente sobre esta cuestión, aunque como consecuencia de la "actitud favorable" de la secretaría de Estado, ha solicitado que se mantenga informada a la institución en el caso de que se estudie en profundidad la posibilidad de dotar a las asociaciones de un régimen específico.

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