MADRID 20 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Asociación Española de la Banca (AEB) ha afirmado que la sentencia del Tribunal Supremo limita la nulidad de la cláusulas suelo "exclusivamente" a los casos en los que se haya producido una falta de transparencia en su comercialización, "pero no cuestiona la validez de la cláusula suelo en sí misma".
La patronal, que destaca que el fallo del Tribunal Supremo confirma la legalidad de las cláusulas suelo, "tal y como en su día apreció la Audiencia Provincial de Sevilla", señala que la transparencia en los préstamos hipotecarios está garantizada "por la doble intervención de fedatario público: notario y registrador de la propiedad".
Aún así, subraya que, a espera de que la sentencia sea notificada, "es necesario esperar para poder realizar un análisis más detallado que permita formarse una opinión definitiva acerca de su alcance y efectos".
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo, en los casos de "falta de transparencia" a los consumidores, tras su reunión en pleno, en la que ha estimado parcialmente un recurso de casación en el que se planteaba un asunto sobre este umbral mínimo de los tipos de interés en las hipotecas.
En un comunicado, el Supremo aclara que este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas, al tiempo que razona que esta decisión tampoco significa la nulidad de las denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores.