MADRID 4 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía Anticorrupción señala en el informe en el que ha dado su visto bueno a la admisión a trámite de la demanda de UPyD contra Bankia por el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu, que en estos momentos no procede imputar conductas delictivas a personas concretas por el simple hecho de que pertenecieran al Consejo de Administración.
En este sentido, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 ha ido bastante más lejos de lo que supone la posición del Ministerio Público en este escrito al citar como imputados a 33 exmiembros del Consejo de Administración de la entidad, entre los que se encuentran el exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato; el expresidente de Bancaja, José Luis Olivas, y al exministro del Interior Ángel Acebes, que también formó parte del Consejo de Administración de la entidad.
"El estado actual de la investigación no permite imputar conductas delictivas a personas físicas concretas, siendo necesario anticipar la práctica de diversas diligencias para poder establecer, siquiera sea de forma provisional, la existencia de unos hechos penalmente relevantes", señalaban en su escrito los fiscales Alejandro Luzón y Luis Rodríguez Sol.
"La mera pertenencia al consejo de administración de BFA o Bankia es un criterio de imputación genérico, válido como punto de partida a una investigación que se antoja, repetimos, necesaria, pero insuficiente en sí mismo para la atribución de conductas delictivas concretas -explicaban los fiscales- razón por la que resulta conveniente supeditar la declaración de los miembros de dichos consejos a lo que resulte de a práctica de otras diligencias a las que luego nos referiremos y que permitirán también acotar el alcance de la imputación a todos o sólo a parte de los consejeros e incluso a otras personas que no ostenten dicho cargo".