La UE elimina Marruecos y Camboya de su lista de países de alto riesgo de blanqueo y añade Nigeria y Sudáfrica

Banderas de la UE en una imagen de archivo.
Banderas de la UE en una imagen de archivo. - JAMES ARTHUR GEKIERE / ZUMA PRESS / CONTACTOPHOTO
Publicado: miércoles, 17 mayo 2023 12:43


BRUSELAS, 17 May. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea ha actualizado este miércoles la lista de jurisdicciones de terceros países de alto riesgo, de la que ha retirado a Marruecos y Camboya y en la que ha añadido a Nigeria y Sudáfrica por presentar deficiencias estratégicas en sus regímenes de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Esta lista tiene en cuenta la información del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y los cambios decididos en la última sesión plenaria del GAFI de febrero de 2023 en la lista de jurisdicciones bajo vigilancia reforzada, conocida como 'lista gris'.

Teniendo en cuenta el nivel de integración de los sistemas financieros, el mercado único quedaría expuesto a graves riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo si la Unión Europea no considerara la posibilidad de añadir a la lista de la UE las jurisdicciones identificadas por el GAFI.

En su calidad de miembro fundador del GAFI, la Comisión Europea participa estrechamente en el seguimiento de los progresos realizados por las jurisdicciones incluidas en la lista para subsanar sus deficiencias en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y para aplicar plenamente sus respectivos planes de acción acordados con el GAFI.

Las instituciones financieras europeas y otros guardianes como notarios, abogados y contables, denominados "entidades obligadas" en la directiva, deben aplicar una vigilancia reforzada en las transacciones con jurisdicciones de terceros países de alto riesgo, los llamados "requisitos reforzados de diligencia debida con respecto al cliente".

La actualización de la lista de jurisdicciones de terceros países de alto riesgo adopta la forma jurídica de un reglamento delegado que entrará en vigor tras el examen y la no objeción del Parlamento Europeo y del Consejo durante un período de un mes, aunque puede prorrogarse un mes más.