Hacienda devuelve 300 millones por Sociedades tras la sentencia del TC contra las medidas de Montoro

Archivo - Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Desde hoy la Agenci
Archivo - Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Desde hoy la Agenci - Carlos Luján - Europa Press - Archivo
Publicado: domingo, 31 marzo 2024 11:53

MADRID 31 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Agencia Tributaria ha contabilizado hasta el momento una devolución extraordinaria por un importe que supera los 300 millones de euros en el Impuesto sobre Sociedades ligada a la sentencia del Tribunal Constitucional en la que declara inconstitucional algunas medidas del real decreto-ley aprobado en 2016 por el Gobierno de Mariano Rajoy para aumentar la recaudación a través de este tributo.

Como novedad del mes de febrero, Hacienda ha explicado en el informe de recaudación que el descenso de la recaudación del Impuesto sobre Sociedades de un 29,6% respecto a febrero de 2023, hasta situarse en 467 millones, es debido a devoluciones extraordinarias por importe de algo más de 300 millones, como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de algunos apartados de leyes impulsadas para este tributo por el Gobierno de Mariano Rajoy.

A mediados de enero, el Tribunal Constitucional (TC) acordó por unanimidad declarar inconstitucional algunas medidas del real decreto-ley aprobado en 2016 por el Gobierno de Mariano Rajoy para aumentar la recaudación a través del Impuesto de Sociedades al considerar que este tipo de modificaciones no se pueden introducir vía real decreto-ley.

Las modificaciones del Impuesto de Sociedades a las que hace referencia el TC incluyen la fijación de topes más severos para la compensación de bases imponibles negativas; la introducción 'ex novo' de un límite a aplicación de las deducciones por doble imposición; y la obligación de integrar automáticamente en la base imponible los deterioros de participaciones que hayan sido deducidos en ejercicios anteriores. Las dos primeras medidas solo son aplicables a las grandes empresas, mientras que la tercera puede afectar a cualquier sujeto pasivo de este tipo de impuesto.

En este sentido, la corte de garantías ha reiterado su doctrina, en la que fija que un decreto-ley no puede alterar ni el régimen general ni aquellos elementos esenciales de los tributos que inciden en la determinación de la carga tributaria, lo que debe valorarse en función del tributo concernido, los elementos a los que afecta la modificación y el alcance de esta.

Así las cosas, los magistrados han concluido que las medidas impugnadas han tenido un "impacto notable" en elementos estructurales de una pieza fundamental del sistema tributario como es el Impuesto de Sociedades, afectando a la esencia del deber de contribuir de los obligados por este tributo, por lo que ha determinado que deben declararse "inconstitucionales y nulos".

SIN CIFRAS CONCRETAS SOBRE EL IMPACTO TOTAL

Recientemente, la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha señalado que aún no cuenta con cifras concretas del impacto total de esta sentencia. No obstante, ha criticado que algunas de las medidas que "improvisó" el Gobierno de Rajoy y el ministro Montoro "están teniendo un alto coste para la Hacienda Pública".

"Un día de estos seguro que podremos tener ocasión de transmitir qué coste ha tenido para el actual Gobierno muchas de las medidas que se han declarado ilegales o, al menos, no conforme a la legalidad, por parte del Gobierno del señor Montoro", ha señalado Montero.