Dice que la anulación de la fórmula para calcular lo cotizado ayudará a cobrar pensión a muchos trabajadores, pero perjudicará a otros
MADRID, 10 Abr. (EUROPA PRESS) -
El secretario confederal de Seguridad Social de CC.OO., Carlos Bravo, ha señalado que el Gobierno debería abrir un proceso de negociación para reformar el sistema de cotización de los trabajadores a tiempo parcial tras la sentencia del Tribunal Constitucional en la que se anulan las reglas actuales de cálculo de los periodos cotizados.
Bravo, en declaraciones a Europa Press, ha destacado que se trata de una sentencia de gran alcance, ya que las reglas que antes eran de aplicación han dejado de serlo desde el momento en el que el TC las ha declarado nulas.
En la práctica, ha apuntado, eso supone que, a la hora de acceder a una pensión contributiva, los periodos de cotización de los trabajadores a tiempo parcial se computarán de igual manera que los de los trabajadores a tiempo completo.
La consecuencia de ello es que muchos trabajadores a tiempo parcial que antes no podían ahora sí podrán reunir los 15 años exigidos de cotización para cobrar pensión.
El lado negativo, ha dicho Bravo, es que otros trabajadores cuya jornada es superior a la de ocho horas al día y que no trabajan todos los días se verán perjudicados, pues la anulación del método de cálculo decretada por el TC les recortará el tiempo cotizado. Es el caso, por ejemplo, de muchos trabajadores de la hostelería y del comercio, que trabajan únicamente los fines de semana en jornadas de más de diez o doce horas diarias.
Por ello, Bravo ha indicado que resulta "imprescindible" abordar cambios en el sistema de cotización a tiempo parcial, teniendo en cuenta al mismo tiempo las singularidades de quienes trabajan en días alternos o fines de semana durante más de ocho horas diarias.
También cree que, dentro de esta negociación, se debería tratar el problema de algunos trabajadores que con, contrato a tiempo completo, tampoco llegan a los 15 años exigidos de cotización para cobrar pensión. "Lo coherente es hacer una regulación que aplique el principio de contributivad, de forma que las pensiones se correspondan a lo que ha cotizado el trabajador", ha precisado.
El responsable de Seguridad Social de CC.OO. ha recordado que la justicia europea ya dijo el pasado noviembre en una sentencia que la legislación española sobre la cotización a tiempo parcial no se ajustaba al derecho comunitario, sentencia que el Gobierno español "ha recurrido". "El TC remacha el clavo y ahora anula las reglas de cálculo, lo que significa que ya no podrán aplicarse", ha explicado.
EL FALLO DEL TC.
El método de cómputo del periodo cotizado de los trabajadores a tiempo parcial, vigente en la Ley General de Seguridad Social desde 1998, fue cuestionado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado mes de noviembre, cuando dictó una sentencia en la que calificaba de discriminatorio el trato que daba la legislación española a los trabajadores a tiempo parcial respecto a los contratados a tiempo completo.
El TC ha hecho suya la interpretación de la justicia europea y considera que la regla de cálculo contenida en la normativa española "lesiona" el derecho a la igualdad (artículo 14 de la Constitución española) y es "discriminatoria" por razón de sexo, ya que la mayor parte de los trabajadores a tiempo parcial en España son mujeres.
El Alto Tribunal ha dictado esta sentencia a raíz de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, derivada a su vez del caso de una trabajadora, M.S.N, a la que le fue denegada una pensión contributiva de jubilación por no haber reunido el periodo mínimo de cotización de 15 años exigido para ello.
La mujer tenía acreditados 18 años de cotización, once de ellos en jornada a tiempo parcial, pero insuficientes para cumplir los requisitos. Un caso parecido, el de una trabajadora de la limpieza que había cotizado 18 años a tiempo parcial, fue el que llevó a la justicia europea a dictaminar que la normativa española era discriminatoria.