MADRID 19 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo que presentó el PSOE contra un acuerdo adoptado por la Mesa del Congreso el 24 de octubre de 2017 en el que aceptaba el veto del Gobierno de Mariano Rajoy a la toma en consideración de una proposición de ley que introducía cambios en la regulación de la unidad de convivencia a efectos del acceso y mantenimiento de pensiones no contributivas.
El fallo, del que ha sido ponente el magistrado Juan José González Rivas, considera que la actuación de la Mesa del Congreso vulneró el derecho de los diputados "a ejercer sus funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes", que a su vez se encuentra en conexión con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes.
En su recurso, los diputados del Grupo Parlamentario Socialista argumentaban que el veto del Gobierno pretendía justificarse en una mera posibilidad referida a ejercicios presupuestarios futuros, sin haber identificado "correcta y adecuadamente" los créditos presupuestarios que pudieran haberse visto afectados por la aprobación y aplicación de esta proposición.
En este sentido, el Tribunal Constitucional, echando mano de la doctrina jurisprudencial en esta materia, señala en su sentencia que "la causalidad entre la aprobación de la proposición de ley y su impacto presupuestario "está fundada en un mero juicio hipotético".
Por tanto, entiende que "no corresponde ni a la Mesa del Congreso, en ejercicio de su función de calificación, ni a este Tribunal, en el de la suya de control constitucional, sustituir al Gobierno en el enjuiciamiento del impacto presupuestario, sino tan sólo constatar que el mismo es real y efectivo, y no una mera hipótesis, lo que sucede en la cuestión planteada".
De este modo, el Constitucional declara nulo el acuerdo de la Mesa del Congreso y ordena retrotraer las actuaciones hasta el momento anterior al de su resolución para que la Mesa dicte un nuevo acuerdo sobre la solicitud presentada.
El PSOE promovió la proposición de ley afectada por esta sentencia para que no se considere que existe unidad económica en los supuestos de familiares en segundo o tercer grado de consanguinidad que convivan en un centro asistido o residencia para mayores.
Se trataba así de evitar casos como el de dos hermanas de Soria que no podían vivir en la misma residencia para no perder su pensión no contributiva, dado que se las consideraba "unidad de convivencia".