BADAJOZ, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Badajoz que declara la existencia de una relación laboral entre la empresa Glovo y 25 repartidores que realizaban su trabajo en la capital pacense.
De esta forma, la sala desestima el recurso de suplicación interpuesto por la empresa contra la sentencia que da la razón a la Tesorería de la Seguridad Social, que denunció la falta de alta en el Régimen General de la Seguridad Social de estos 25 trabajadores.
Asimismo, tampoco se realizaban cotizaciones por estos trabajadores correspondientes al periodo de 12 de marzo de 2019 a 30 de abril de 2020, según señala el TSJEx en nota de prensa.
El fallo, contra el que cabe recurso de casación, se basa en la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de septiembre de 2020 que ya resolvió que "en definitiva, Glovo, no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores".
Asimismo, dicha sentencia añade que esta empresa "no se limita a prestar un servicio electrónico de intermediación, consistente en poner en contacto a consumidores (clientes) y auténticos trabajadores autónomos, sino que realiza una labor de coordinación y organización del servicio productivo".