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El secretario general de UGT, Pepe Álvarez (i) y el visecretario de Política Sindical de UGT, Fernando Luján (d) - Carlos Luján - Europa Press
Actualizado: lunes, 13 noviembre 2023 15:04

Aboga por recuperar salarios de tramitación, indemnización mínima de seis meses y que el trabajador pueda elegir readmisión

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

La Unión General de Trabajadores (UGT) ha propuesto que la indemnización por despido improcedente vuelva a ser de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades (hoy es de 33 días por año con un tope de 24 mensualidades), así como establecer indemnizaciones adicionales que funcionen como efecto disuasorio ante el despido.

El sindicato explica que la indemnización adicional se fijaría conforme a un conjunto de factores que atiendan a los daños reales (patrimoniales y personales) y que funcione como efecto disuasorio según las circunstancias concurrentes (especial grado de arbitrariedad).

"Además del efecto disuasorio que tienen que tener los 45 días, que nosotros reivindicamos que se recuperen, tiene que haber un efecto resarcitorio, porque se pueden haber hecho daños mayores", ha comentado el vicesecretario general de Política Sindical, Fernando Luján, en rueda de prensa junto al secretario general del sindicato, Pepe Álvarez.

En este sentido, Luján ha explicado que se deben establecer una serie de parámetros para lograr una indemnización adicional a los 45 días por año trabajado para reparar el daño real de un despido injustificado (daño patrimonial, moral, daño personal por la pérdida de oportunidades de empleo, daño social al proyecto de calidad de vida). Se trataría de que esta indemnización adicional tuviera dos componentes: el resarcitorio y el disuasorio.

Para los daños personales, que incluyen el daño moral, el de oportunidades de empleo y el daño social), UGT plantea una indemnización mínima de seis meses de salario promedio y un máximo de 12 mensualidades. Para lograr el efecto disuasorio, propone un plus indemnizatorio de un mínimo de tres meses de salario y un máximo de seis meses, todo a negociar en el marco del diálogo social.

En todo caso, el sindicato quiere que la legislación recoja una indemnización mínima por despido improcedente de seis meses de salario, con independencia de la antigüedad del trabajador, así como que sea éste, y no la empresa, el que tenga la opción de elegir entre readmisión o indemnización, y que se recuperen además los salarios de tramitación.

"Nos parece que el cumplimiento efectivo del artículo 24 de la Carta Social Europea no puede hacerse sin recuperar los salarios de tramitación. Los salarios de tramitación son una indemnización que debe de incorporarse como ha estado en nuestra legislación históricamente", ha subrayado.

"Pedimos recuperar los 45 días, que ha sido parte de nuestra reivindicación histórica desde la reforma laboral del 2012, pero si todo esto no compensa suficientemente a la víctima porque hay unos daños mayores, establecemos una serie de parámetros para que se establezca por parte de los jueces una indemnización adicional a estos 45 días por año, a estos seis meses con carácter mínimo o a este derecho de opción por parte de la víctima", ha subrayado Luján.

Según han denunciado tanto él como Álvarez, en España se producen cada año en torno a medio millón de despidos, de los que la mayoría son improcedentes, bien porque así lo reconoce la propia empresa, bien por decisión judicial.

Los responsables sindicales han denunciado que las cuantías de las indemnizaciones por despidos sin causa no son "excesivas". Para un contrato temporal, la indemnización media está en 1.500 euros; para un contrato parcial indefinido alcanza los 4.642 euros; para un contrato fijo-discontinuo es de 4.493 euros, y para un contrato indefinido, de 9.512 euros.

"Estos son despidos efectuados sin causa, despidos efectuados de manera arbitraria, que con estas indemnizaciones no entendemos que puedan disuadir a nadie. Por eso, entendemos que hay que dar un paso más, hay que empezar a proteger realmente el contrato de trabajo con arreglo a la Carta Social Europea e incrementar sustancialmente las indemnizaciones que se producen por el despido injusto", ha defendido Luján.

El sindicato ha sido claro en pronunciarse en contra del paquete de indemnizaciones conocido como la 'mochila austriaca', ya que "rebajó sustancialmente las percepciones que tienen las personas trabajadoras en Austria".

"Entendemos que 'la mochila austríaca' sería además absolutamente incompatible con el resarcimiento de los daños a la víctima y sería absolutamente incompatible con la prevención de un despido absolutamente injusto, porque al empresario le da igual. Ya ha pagado por adelantado en cuantías muy inferiores decisiones injustas", ha expresado Luján.

EL DERECHO DE OPCIÓN DEBE PERTENECER A LA VÍCTIMA

El sindicato ha defendido que el derecho de opción a la readmisión o al cobro de la indemnización debe pertenecer a la víctima del despido. "No parece que sea muy acorde con el ordenamiento jurídico que el culpable, quien toma la decisión caprichosa, quien despide de manera improcedente tenga la facultad de recuperar o no el contrato de trabajo", ha señalado Luján.

Así, ha indicado que "lo lógico" es que esa opción la tuviera la persona trabajadora víctima tal como ocurre en Francia, donde la readmisión o no del empleado es de común acuerdo "y se tiene que oír obviamente a la víctima de esa decisión improcedente", ha añadido.

El vicesecretario general de Política Sindical, también ha recalcado que "no es cierto que en España sea más caro despedir que en el resto de los países de la OCDE". Según explica UGT en su informe, elaborado juntoa la Universidad de Jaén, España es el segundo país de la OCDE y de la Unión Europea (solo por detrás de Portugal) que más intensamente ha devaluado su protección frente al despido individual.

En concreto, ha pasado de un Índice de Protección del Empleo (IPE) de 3,55 en el año 1985 al 2 actualmente. Eso sitúa a España por debajo de la media de la OCDE y muy por debajo de la media europea, explica el informe.

Luján ha recalcado que hay una discriminación en el tema de indemnizaciones en el caso de los jóvenes y las mujeres. El estudio explica que la brecha se produce fundamentalmente en la franja de edad entre 20 y 24 años (1.158 euros de media indemnizatoria para hombres, 908 para las mujeres, casi un 25%), e, intensamente, en el colectivo de 55 y más años (23.885 de media para los hombres, 17.687 para las mujeres).

Por sectores, ha señalado que es en la banca y el sector energético donde se producen unas indemnizaciones más altas, con "unas cantidades brutales" pagadas a los altos directivos.

Sobre la demanda que UGT ha interpuesto ante el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa (CEDS) por el "insuficiente" coste del despido en España, el sindicato espera que en el primer trimestre de 2024 tengan una resolución de la sentencia.

En este sentido, Álvarez ha recalcado que, ya sea el Gobierno del PSOE u otro si la investidura falla, "estas resoluciones tienen imperativo legal supranacional europeo y, por tanto, es una legislación que se ha de aprobar".

También ha afirmado que con sus propuestas para la legislatura quieren ir "más allá de la investidura" y que además del despido y de sus causas, quieren hablar de la reducción de la jornada de trabajo, entre otras materias.

MECANISMO RED ESTÁ "INFRAUTILIZADO"

Fernando Luján, asimismo, ha aprovechado para pedir que el Mecanismo RED, previsto en la reforma laboral de 2021, se amplíe a más colectivos, ya que desde el sindicato consideran que está siendo infrautilizado.

El mecanismo es una de las dos medidas para la flexibilidad y estabilización del empleo previstas en el Estatuto de los Trabajadores. Con él se pueden autorizar medidas a la empresa como la suspensión temporal del contrato de trabajo o la reducción de la jornada de los trabajadores.

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